{"ley":{"id":"ley-de-garantias-mobiliarias","nombre":"Ley de Garantías Mobiliarias","instrumento":"Decreto 51-2007 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Banco de Guatemala (banguat.gob.gt), edición del Decreto 51-2007 con sus reformas (2021)","fuente_url":"https://www.banguat.gob.gt/sites/default/files/banguat/leyes/2021/ley_de_garantias_mobiliarias.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-garantias-mobiliarias/","nota_reformas":"Texto del Decreto 51-2007 según la edición del Banco de Guatemala (PDF de enero de 2021), que incorpora y anota las reformas de los Decretos 46-2008 y 4-2018 del Congreso de la República. La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"22","clave":"22","epigrafe":"Extinción de la garantía mobiliaria sobre créditos","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título III. Publicidad de la garantía mobiliaria","Capítulo II. Garantías mobiliarias sobre créditos"],"texto":"El deudor de un crédito cedido en garantía puede extinguir su obligación pagando al deudor garante; sin embargo, el pago de cualquier saldo debido al deudor garante en el momento o después de ser notificado por el acreedor garantizado que es a él a quien debe realizar el pago, obliga al deudor del crédito cedido, a pagar el saldo al acreedor garantizado.\n\nEl deudor del crédito cedido podrá solicitar al acreedor garantizado que le ponga a la vista el documento o documentos por los que se constituyó la garantía mobiliaria, la falta de dicha evidencia, dentro de un plazo de dos días hábiles le habilita a efectuar el pago al deudor garante.\n\nLa notificación al deudor del crédito cedido podrá realizarse por cualquier medio escrito generalmente aceptado, incluyendo correo ordinario o mensajería, con acuse de recibo certificado, documento electrónico o mediante notificación notarial o judicial. Dicha notificación, para ser efectiva, deberá identificar el crédito respecto del cual se solicita el pago, e incluir instrucciones suficientes para que el deudor del mismo pueda efectuarlo. Salvo pacto en contrario, el acreedor garantizado no entregará dicha notificación antes de que ocurra un incumplimiento de las obligaciones del deudor garante que le autorice la ejecución de la garantía.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-garantias-mobiliarias/articulo-22/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-garantias-mobiliarias/articulo-22.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 1325, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1325/"},{"cita":"Art. 1338, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1338/"},{"cita":"Art. 1281, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1281/"},{"cita":"Art. 1489, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1489/"},{"cita":"Art. 304, Código Procesal Civil y Mercantil","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-304/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 22, Ley de Garantías Mobiliarias de Guatemala (Decreto 51-2007), codicegt.com/ley-de-garantias-mobiliarias/articulo-22/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}