{"ley":{"id":"ley-de-la-carrera-judicial","nombre":"Ley de la Carrera Judicial","instrumento":"Decreto 32-2016 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial (CD de leyes 2016), texto del Decreto 32-2016","fuente_url":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/","nota_reformas":"Texto original del Decreto 32-2016 según el CD de leyes 2016 del CENADOJ (Organismo Judicial; PDF de noviembre de 2017). Reformas posteriores a esa edición: el Decreto 7-2022 del Congreso reformó los artículos 4, 5, 6, 13, 25, 26, 36 y 46; aquí se publica el texto anterior a esa reforma. No se verificaron otras reformas ni resoluciones de la Corte de Constitucionalidad."},"articulo":{"numero":"29","clave":"29","epigrafe":"Prohibiciones","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título III. Carrera Judicial","Capítulo II. Derechos, deberes y prohibiciones"],"texto":"Queda prohibido a los jueces y magistrados:\n\na) Desempeñar, simultáneamente a la función jurisdiccional, empleos o cargos públicos o privados remunerados y cualquier otro empleo, cargos de dirección y asesoría en instituciones políticas, sindicatos o entidades que reciban, administren o ejecuten recursos públicos o bienes del Estado o que sean parte de la administración del Estado, u otras entidades con fines políticos. Se exceptúa el ejercicio de la docencia siempre que esta no entre en conflicto de horario con la judicatura;\n\nb) Ser ministro de cualquier religión o culto;\n\nc) Ejercer las profesiones y actividades de Abogado y Notario o ser mandatarios judiciales;\n\nd) Aceptar o desempeñar cargos de albaceas, depositarios judiciales, tutores, protutores o guardadores, salvo que se trate del cónyuge o conviviente, unido legalmente de hecho, o parientes dentro de los grados de ley;\n\ne) Celebrar contratos de cualquier clase que le signifiquen beneficio económico o que incrementen su patrimonio, con las personas que ante ellos litiguen;\n\nf) Dar opinión sobre asuntos que conozcan o deben conocer;\n\ng) Ser árbitros, liquidadores, expertos o partidores; y,\n\nh) Ejercer actividades o propaganda de índole política partidista o de proselitismo religioso, o propiciar que otros lo hagan.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-29/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-29.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 70, Ley del Organismo Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-70/"},{"cita":"Art. 10, Código Procesal Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-10/"},{"cita":"Art. 201, Ley del Organismo Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-201/"},{"cita":"Art. 65, Ley de Servicio Civil","url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-65/"},{"cita":"Art. 193, Ley del Organismo Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-193/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 29, Ley de la Carrera Judicial de Guatemala (Decreto 32-2016), codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-29/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}