{"ley":{"id":"ley-de-la-carrera-judicial","nombre":"Ley de la Carrera Judicial","instrumento":"Decreto 32-2016 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial (CD de leyes 2016), texto del Decreto 32-2016","fuente_url":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/","nota_reformas":"Texto original del Decreto 32-2016 según el CD de leyes 2016 del CENADOJ (Organismo Judicial; PDF de noviembre de 2017). Reformas posteriores a esa edición: el Decreto 7-2022 del Congreso reformó los artículos 4, 5, 6, 13, 25, 26, 36 y 46; aquí se publica el texto anterior a esa reforma. No se verificaron otras reformas ni resoluciones de la Corte de Constitucionalidad."},"articulo":{"numero":"33","clave":"33","epigrafe":"Registro Personal","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título III. Carrera Judicial","Capítulo III. Desempeño de los jueces y magistrados"],"texto":"En el registro personal de cada juez o magistrado deberá constar:\n\na) Procesos administrativos disciplinarlos con recomendaciones y sanciones firmes;\n\nb) Antejuicios declarados con lugar;\n\nc) Autos de procesamiento y condenas penales;\n\nd) Resultado de las evaluaciones de desempeño profesional;\n\ne) Cursos de formación inicial y continuada recibidos en la Escuela de Estudios Judiciales; y,\n\nf) Méritos, reconocimientos, ascensos y grados académicos obtenidos.\n\nDicho registro deberá ser público y estará a cargo del Consejo de la Carrera Judicial.\n\nEn las certificaciones que extiendan los órganos disciplinarios o el Consejo de la Carrera Judicial no se harán constar aquellas quejas declaradas con lugar después de cinco años de haber sido ejecutoriada la sanción, salvo en el caso de destitución.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-33/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-33.md","que_significa":null,"citado_por":[{"cita":"Art. 66, Ley de la Carrera Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-66/"}],"relacionados":[{"cita":"Art. 95, Ley del Organismo Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-95/"},{"cita":"Art. 190, Ley del Organismo Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-190/"},{"cita":"Art. 76, Ley de la Carrera Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-76/"},{"cita":"Art. 43, Código Procesal Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-43/"},{"cita":"Art. 16, Ley de la Carrera Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-16/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 33, Ley de la Carrera Judicial de Guatemala (Decreto 32-2016), codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-33/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}