{"ley":{"id":"ley-de-la-carrera-judicial","nombre":"Ley de la Carrera Judicial","instrumento":"Decreto 32-2016 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial (CD de leyes 2016), texto del Decreto 32-2016","fuente_url":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/","nota_reformas":"Texto original del Decreto 32-2016 según el CD de leyes 2016 del CENADOJ (Organismo Judicial; PDF de noviembre de 2017). Reformas posteriores a esa edición: el Decreto 7-2022 del Congreso reformó los artículos 4, 5, 6, 13, 25, 26, 36 y 46; aquí se publica el texto anterior a esa reforma. No se verificaron otras reformas ni resoluciones de la Corte de Constitucionalidad."},"articulo":{"numero":"34","clave":"34","epigrafe":"Objeto","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título IV. Jueces y magistrados suplentes"],"texto":"Con el objeto de garantizar la continuidad de los servicios de Justicia, se establece la calidad de jueces y magistrados suplentes en disponibilidad, quienes serán nombrados y electos de conformidad con las normas de esta Ley y reunirán los mismos requisitos que correspondan a los titulares.\n\nAl producirse una vacante temporal, el Consejo de la Carrera Judicial designará al juez o magistrado suplente que deberá cubrir las funciones correspondientes. Si la vacante fuere permanente debe nombrarse al nuevo juez o magistrado titular de conformidad con lo que establece la Constitución Política de la República y esta Ley.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-34/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-34.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 16, Ley de la Carrera Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-16/"},{"cita":"Art. 35, Ley de la Carrera Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-35/"},{"cita":"Art. 4, Ley de la Carrera Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-4/"},{"cita":"Art. 69, Ley de la Carrera Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-69/"},{"cita":"Art. 209, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-209/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 34, Ley de la Carrera Judicial de Guatemala (Decreto 32-2016), codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-34/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}