{"ley":{"id":"ley-de-la-carrera-judicial","nombre":"Ley de la Carrera Judicial","instrumento":"Decreto 32-2016 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial (CD de leyes 2016), texto del Decreto 32-2016","fuente_url":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/","nota_reformas":"Texto original del Decreto 32-2016 según el CD de leyes 2016 del CENADOJ (Organismo Judicial; PDF de noviembre de 2017). Reformas posteriores a esa edición: el Decreto 7-2022 del Congreso reformó los artículos 4, 5, 6, 13, 25, 26, 36 y 46; aquí se publica el texto anterior a esa reforma. No se verificaron otras reformas ni resoluciones de la Corte de Constitucionalidad."},"articulo":{"numero":"52","clave":"52","epigrafe":"Suspensión provisional de labores","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título V. Régimen disciplinario","Capítulo II. Procedimiento disciplinario"],"texto":"Una vez que ha dado trámite a una queja, la Junta de Disciplina Judicial podrá, de oficio o a petición de parte, en casos graves que puedan perderse u ocultarse medios de prueba o afectarse sustancialmente los derechos de cualquiera de las partes, o en caso de incomparecencia injustificada, suspender de sus labores como juez o magistrado al denunciado, en tanto duren las investigaciones, hasta por un máximo de treinta (30) días, con goce de salario.\n\nLa resolución en que la Junta de Disciplina Judicial se pronuncie sobre la suspensión provisional será susceptible de recurso de revisión ante la Junta de Disciplina Judicial de Apelación, sin que este tenga efectos suspensivos del procedimiento disciplinario.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-52/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-52.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 59, Ley de la Carrera Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-59/"},{"cita":"Art. 292, Código Procesal Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-292/"},{"cita":"Art. 72, Ley de Amparo","url":"https://codicegt.com/ley-de-amparo/articulo-72/"},{"cita":"Art. 117, Ley del Organismo Judicial","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-117/"},{"cita":"Art. 169, Código Municipal","url":"https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-169/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 52, Ley de la Carrera Judicial de Guatemala (Decreto 32-2016), codicegt.com/ley-de-la-carrera-judicial/articulo-52/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}