{"ley":{"id":"ley-de-la-tercera-edad","nombre":"Ley de la Tercera Edad","instrumento":"Decreto 80-96 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Gobernación Departamental de Retalhuleu (gobernacionretalhuleu.gob.gt), edición del Procurador de los Derechos Humanos del Decreto 80-96 con notas de reforma (2013)","fuente_url":"https://www.gobernacionretalhuleu.gob.gt/descargas/1_48_decreto_ley_de_la_3ra_edad_2026.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-la-tercera-edad/","nota_reformas":"Texto del Decreto 80-96 según la edición del Procurador de los Derechos Humanos (diciembre de 2013), publicada por la Gobernación Departamental de Retalhuleu. Anota las reformas de los Decretos 2-97 y 51-98 y la sentencia de la Corte de Constitucionalidad (expediente 522-2011) sobre el inciso e) del artículo 33. La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"40","clave":"40","epigrafe":null,"estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo VII. Disposiciones Finales y Vigencia"],"texto":"El Consejo Nacional para la Protección de las Personas de la Tercera Edad, deberá estar integrado sesenta días después de entrar en vigencia la presente ley y, dentro de los treinta días siguientes a la integración del consejo, este deberá formular un Reglamento para el funcionamiento y ejecución de esta ley, el que deberá ser aprobado y emitido por el Organismo Ejecutivo, mediante Acuerdo Gubernativo.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-la-tercera-edad/articulo-40/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-la-tercera-edad/articulo-40.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. Transitorio III, Ley de Servicio Civil","url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-t3/"},{"cita":"Art. 32, Ley de los Consejos de Desarrollo","url":"https://codicegt.com/ley-de-consejos-de-desarrollo/articulo-32/"},{"cita":"Art. Transitorio 1, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-t1/"},{"cita":"Art. 147, Ley de Armas y Municiones","url":"https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-147/"},{"cita":"Art. 61, Ley de Adopciones","url":"https://codicegt.com/ley-de-adopciones/articulo-61/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 40, Ley de la Tercera Edad de Guatemala (Decreto 80-96), codicegt.com/ley-de-la-tercera-edad/articulo-40/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}