{"ley":{"id":"ley-de-mineria","nombre":"Ley de Minería","instrumento":"Decreto 48-97 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Ministerio de Energía y Minas (mem.gob.gt), Dirección General de Minería, edición de la Ley de Minería y su Reglamento con notas de la Corte de Constitucionalidad","fuente_url":"https://mem.gob.gt/wp-content/uploads/2026/04/Ley_Mineria_Reglamento-DGM-04.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-mineria/","nota_reformas":"Texto del Decreto 48-97 según la edición del Ministerio de Energía y Minas (Dirección General de Minería, PDF de noviembre de 2020), que anota las sentencias de la Corte de Constitucionalidad (expedientes 1491-2007 y 1-2015 y acumulados) y la derogatoria tácita del artículo 86 por el Decreto 117-97. La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"11","clave":"11","epigrafe":"Derecho minero por herencia","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título I. Disposiciones fundamentales","Capítulo II. Régimen minero"],"texto":"Cuando fallezca el titular de un derecho minero, el mismo es transmisible a favor de sus herederos, quienes están obligados a presentar previamente ante la Dirección, fotocopia autenticada de la certificación de la partida de defunción del titular del derecho minero de que se trate, así como fotocopia autenticada del auto final correspondiente donde se reconozca o declaren herederos y figuren como herederos de dicho derecho minero, debiéndose inscribir la titularidad de los mismos en el Departamento de Registro del Ministerio. La Dirección, a solicitud de parte interesada y con el fin de que las operaciones del derecho minero no se vean interrumpidas, podrá autorizar para que en forma provisional se continúe con las mismas.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-mineria/articulo-11/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-mineria/articulo-11.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 1154, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1154/"},{"cita":"Art. 1032, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1032/"},{"cita":"Art. 1064, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1064/"},{"cita":"Art. 1027, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1027/"},{"cita":"Art. 1806, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1806/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 11, Ley de Minería de Guatemala (Decreto 48-97), codicegt.com/ley-de-mineria/articulo-11/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}