{"ley":{"id":"ley-de-mineria","nombre":"Ley de Minería","instrumento":"Decreto 48-97 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Ministerio de Energía y Minas (mem.gob.gt), Dirección General de Minería, edición de la Ley de Minería y su Reglamento con notas de la Corte de Constitucionalidad","fuente_url":"https://mem.gob.gt/wp-content/uploads/2026/04/Ley_Mineria_Reglamento-DGM-04.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-mineria/","nota_reformas":"Texto del Decreto 48-97 según la edición del Ministerio de Energía y Minas (Dirección General de Minería, PDF de noviembre de 2020), que anota las sentencias de la Corte de Constitucionalidad (expedientes 1491-2007 y 1-2015 y acumulados) y la derogatoria tácita del artículo 86 por el Decreto 117-97. La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"5","clave":"5","epigrafe":"Materiales de construcción","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título I. Disposiciones fundamentales","Capítulo I. Disposiciones generales"],"texto":"Las personas que exploten arcillas superficiales, las arenas, las rocas y demás materiales aplicables directamente a la construcción, excluyendo las rocas decorativas, quedan exentas de obtener licencia de explotación, siempre y cuando dicha explotación no se realice con fines comerciales e industriales, debiendo cumplir en todo caso con lo prescrito en la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente. No obstante, cuando estos materiales se encuentren asociados a minerales en concentraciones explotables, deberán obtener la licencia respectiva. Las municipalidades velarán por la explotación racional de estos materiales. El Reglamento de esta ley regulará todo lo relativo de estas explotaciones.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-mineria/articulo-5/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-mineria/articulo-5.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 591, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-591/"},{"cita":"Art. 479, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-479/"},{"cita":"Art. 780, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-780/"},{"cita":"Art. 474, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-474/"},{"cita":"Art. 904, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-904/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 5, Ley de Minería de Guatemala (Decreto 48-97), codicegt.com/ley-de-mineria/articulo-5/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}