{"ley":{"id":"ley-de-orden-publico","nombre":"Ley de Orden Público","instrumento":"Decreto 7 de la Asamblea Nacional Constituyente","texto_al":null,"fuente":"Organismo Judicial, edición del Decreto 7 con notas de reforma","fuente_url":"https://web.archive.org/web/20250620072752id_/http://ww2.oj.gob.gt/uci/images/leyes/decreto_numero_7.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-orden-publico/","nota_reformas":"Texto del Decreto 7 de la Asamblea Nacional Constituyente (1965) con las reformas del Decreto 89-70 del Congreso que anota el Organismo Judicial. La edición no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"28","clave":"28","epigrafe":null,"estado":"reformado","estado_en_el_texto":"reformado","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo VIII. De los detenidos y las penas"],"texto":"Durante cualquiera de los grados de emergencia, podrá detenerse sin necesidad de mandamiento judicial o apremio, a toda persona contra quien hubieren indicios racionales de que actúa como autor, cómplice o encubridor para alterar el orden público. La detención durará el tiempo indispensable para esclarecer los hechos y no podrá exceder de veinticuatro horas después de haber cesado en sus efectos el Decreto de restricción de garantías de que se tratare. Cesada la emergencia, o antes si fuere posible, se le dejará en libertad pero si de la investigación resultare culpable de delito la falta, se le consignará a los tribunales competentes\".","nota":"* Reformado por el Artículo 10, del Decreto Del Congreso Número 89-70 el 18-11-1970","reformas":[{"accion":"reformado","alcance":"artículo","instrumento":"Decreto 89-70","tipo":"Decreto","numero":"89-70","anio":1970,"articulo_reformador":"10","fecha":"1970-11-18","descripcion":"Reformado por el artículo 10 del Decreto 89-70","texto_fuente":"Reformado por el Artículo 10, del Decreto Del Congreso Número 89-70 el 18-11-1970"}],"url":"https://codicegt.com/ley-de-orden-publico/articulo-28/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-orden-publico/articulo-28.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 11, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-11/"},{"cita":"Art. 482, Código Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-482/"},{"cita":"Art. 264 Bis, Código Procesal Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-264bis/"},{"cita":"Art. 6, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-6/"},{"cita":"Art. 468, Código Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-468/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 28, Ley de Orden Público de Guatemala (Decreto 7 de la Asamblea Nacional Constituyente), codicegt.com/ley-de-orden-publico/articulo-28/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}