{"ley":{"id":"ley-de-orden-publico","nombre":"Ley de Orden Público","instrumento":"Decreto 7 de la Asamblea Nacional Constituyente","texto_al":null,"fuente":"Organismo Judicial, edición del Decreto 7 con notas de reforma","fuente_url":"https://web.archive.org/web/20250620072752id_/http://ww2.oj.gob.gt/uci/images/leyes/decreto_numero_7.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-orden-publico/","nota_reformas":"Texto del Decreto 7 de la Asamblea Nacional Constituyente (1965) con las reformas del Decreto 89-70 del Congreso que anota el Organismo Judicial. La edición no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"8","clave":"8","epigrafe":null,"estado":"reformado","estado_en_el_texto":"reformado","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo II. Del Estado de prevencion"],"texto":"Tal como lo dispone el artículo 151 de la Constitución de la República, el Decreto de Estado de Prevención, no necesita de la aprobación del Congreso; su vigencia no excederá de quince días y durante ella podrá el Ejecutivo, tomar las medidas siguientes:\n\n1) Militarizar los servicios públicos, incluso los centros de enseñanza, e intervenir los prestados por empresas particulares.\n\n2) Fijar las condiciones bajo las cuales pueden ejercitarse los derechos de huelga o paro, o prohibirlos o impedirlos cuando tuvieren móviles o finalidades políticas.\n\n3) Limitar la celebración de reuniones al aire libre, las manifestaciones públicas u otros espectáculos y en su caso, impedir que se lleven a cabo, aun cuando fueren de carácter privado.\n\n4) Disolver por la fuerza toda reunión, grupo o manifestación pública que se llevaren a cabo sin la debida autorización, o, si habiéndose autorizado se efectuare portando armas u otros elementos de violencia. En tales casos, se procederá a disolverlas; si los reunidos o manifestantes se negaren a hacerlo, después de haber sido conminados para ello.\n\n5) Disolver por la fuerza, sin necesidad de conminatoria alguna, cualquier grupo, reunión o manifestación pública en la que se hiciere uso de armas o se recurriere a actos de violencia.\n\n6) Prohibir la circulación o estacionamiento de vehículos en lugares, zonas u horas determinadas, impedir su salida fuera de las poblaciones o someterlos a registro; y exigir a quienes viajen en el interior de la República, la declaración del itinerario a seguir.\n\n7) Exigir a los órganos de publicidad o difusión, que eviten todas aquellas publicaciones que a juicio de la autoridad contribuyan o inciten a la alteración del orden público. Si la prevención no fuere acatada y sin perjuicio de otras medidas, se procederá por desobediencia contra los responsables.","nota":"* Reformado por el Artículo 3, del Decreto Del Congreso Número 89-70 el 18-11-1970","reformas":[{"accion":"reformado","alcance":"artículo","instrumento":"Decreto 89-70","tipo":"Decreto","numero":"89-70","anio":1970,"articulo_reformador":"3","fecha":"1970-11-18","descripcion":"Reformado por el artículo 3 del Decreto 89-70","texto_fuente":"Reformado por el Artículo 3, del Decreto Del Congreso Número 89-70 el 18-11-1970"}],"url":"https://codicegt.com/ley-de-orden-publico/articulo-8/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-orden-publico/articulo-8.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. Transitorio 16, Ley PINA","url":"https://codicegt.com/ley-pina/articulo-t16/"},{"cita":"Art. 15, Ley de Orden Público","url":"https://codicegt.com/ley-de-orden-publico/articulo-15/"},{"cita":"Art. 178, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-178/"},{"cita":"Art. 48, Ley de Tránsito","url":"https://codicegt.com/ley-de-transito/articulo-48/"},{"cita":"Art. 179, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-179/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 8, Ley de Orden Público de Guatemala (Decreto 7 de la Asamblea Nacional Constituyente), codicegt.com/ley-de-orden-publico/articulo-8/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}