{"ley":{"id":"ley-de-probidad","nombre":"Ley de Probidad","instrumento":"Decreto 89-2002 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 89-2002","fuente_url":"https://www.onsec.gob.gt/w1/wp-content/uploads/2026/06/LEY-PROBIDAD-Decreto-No.-89-2002.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/","nota_reformas":"Texto del Decreto 89-2002 según la edición de la ONSEC, que no anota reformas ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"12","clave":"12","epigrafe":"Responsabilidad por cumplimiento de orden superior","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo II. Responsabilidades de las personas al servicio del Estado"],"texto":"Ninguna persona sujeta a la aplicación de la presente Ley será relevada de responsabilidad por haber procedido en cumplimiento de orden contraria a la ley dictada por funcionario superior, al pago, uso o disposición indebidos de los fondos y otros bienes de que sea responsable. El funcionario que emita la orden de pago o empleo ilegal, será responsable administrativamente, sin perjuicio de la responsabilidad penal y civil que pudiere corresponderle por la pérdida o menoscabo que sufran los bienes a su cargo.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-12/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-12.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 38, Código Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-38/"},{"cita":"Art. 53, Ley de Servicio Civil","url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-53/"},{"cita":"Art. 4, Ley de Probidad","url":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-4/"},{"cita":"Art. 25, Código Tributario","url":"https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-25/"},{"cita":"Art. 24, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-24/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 12, Ley de Probidad de Guatemala (Decreto 89-2002), codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-12/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}