{"ley":{"id":"ley-de-probidad","nombre":"Ley de Probidad","instrumento":"Decreto 89-2002 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 89-2002","fuente_url":"https://www.onsec.gob.gt/w1/wp-content/uploads/2026/06/LEY-PROBIDAD-Decreto-No.-89-2002.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/","nota_reformas":"Texto del Decreto 89-2002 según la edición de la ONSEC, que no anota reformas ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"18","clave":"18","epigrafe":"Prohibiciones de los funcionarios públicos","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo IV. Prohibiciones de los funcionarios públicos"],"texto":"Además de las prohibiciones expresas contenidas en la Constitución Política de la República y leyes especiales, a los funcionarios y empleados públicos les queda prohibido:\n\na) Aprovechar el cargo o empleo para conseguir o procurar servicios especiales, nombramientos o beneficios personales, a favor de sus familiares o terceros mediando o no remuneración.\n\nb) Utilizar el poder que le confiere el ejercicio del cargo o empleo en las entidades del Estado, autónomas o descentralizadas, para tomar, participar o influir en la toma de decisiones en beneficio personal o de terceros.\n\nc) Solicitar o aceptar directamente o por interpósita persona, dádivas, regalos, pago, honorarios o cualquier otro tipo de emolumentos adicionales a los que normalmente percibe por el desempeño de sus labores.\n\nd) Utilizar bienes propiedad del Estado o de la institución en la que labora, tales como vehículos, material de oficina, papelería, viáticos y otros, fuera del uso oficial, para beneficio personal o de terceros.\n\ne) Usar el título oficial del cargo o empleo, los distintivos, la influencia, o el prestigio de la institución para asuntos de carácter personal o de terceros.\n\nf) Utilizar los recursos públicos para elaborar, distribuir o enviar regalos, recuerdos, tarjetas navideñas o de cualquier otra ocasión.\n\ng) Utilizar el tiempo de trabajo para realizar o prestar asesorías, consultorías, estudios y otro tipo de actividades a favor de terceros, que le generen beneficio personal.\n\nh) Disponer de los servicios del personal subalterno para fines personales o en beneficio de terceros.\n\ni) Realizar trabajos o actividades, remuneradas o no en horarios que no son de su trabajo, que estén en conflicto con sus deberes y responsabilidades, o cuyo ejercicio pueda poner en riesgo la imparcialidad de sus decisiones por razón del cargo o empleo.\n\nj) Utilizar los materiales de oficina, vehículos, teléfonos, fondos públicos, el tiempo pagado por el Estado al funcionario o a sus subalternos, los conocimientos, información, el título oficial, papelería, el prestigio o la influencia de la institución para el logro de objetivos políticos personales o del partido al que pertenece.\n\nk) Solicitar a otros gobiernos o empresas privadas colaboración especial para beneficio propio o para un tercero.\n\nl) Actuar como abogado o representante de una persona que ejerce reclamos administrativos o judiciales en contra de la entidad a la cual sirve estando en el ejercicio del cargo o empleo.\n\nm) Nombrar y remover al personal por motivos o razones político partidistas o ideológicos.\n\nn) Discriminar en la formulación de políticas y en la prestación de servicios a personas o sectores de personas, por razón de su afiliación política así como por cualquiera otra causa que infrinja el derecho de igualdad.\n\no) Utilizar recursos humanos y financieros del Estado para la promoción política, personal o del partido político al que pertenece.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-18/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-18.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 19, Ley de Probidad","url":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-19/"},{"cita":"Art. 65, Ley de Servicio Civil","url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-65/"},{"cita":"Art. 66, Ley de Servicio Civil","url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-66/"},{"cita":"Art. 223, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-223/"},{"cita":"Art. 223 Bis, Ley Electoral y de Partidos Políticos","url":"https://codicegt.com/ley-electoral/articulo-223bis/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 18, Ley de Probidad de Guatemala (Decreto 89-2002), codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-18/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}