{"ley":{"id":"ley-de-probidad","nombre":"Ley de Probidad","instrumento":"Decreto 89-2002 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 89-2002","fuente_url":"https://www.onsec.gob.gt/w1/wp-content/uploads/2026/06/LEY-PROBIDAD-Decreto-No.-89-2002.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/","nota_reformas":"Texto del Decreto 89-2002 según la edición de la ONSEC, que no anota reformas ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"19","clave":"19","epigrafe":"Prohibiciones a los funcionarios públicos con relación a terceros","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo IV. Prohibiciones de los funcionarios públicos"],"texto":"Además de las prohibiciones expresas contenidas en la Constitución Política de la República y leyes especificas, a los funcionarios públicos les queda prohibido:\n\na) Efectuar o patrocinar a favor de terceros, trámites o gestiones administrativas, sean relacionadas con labores o conocimiento de información propia del cargo, u omitiendo cumplir con el desempeño normal de sus funciones.\n\nb) Dirigir, administrar, patrocinar, representar o prestar servicios, remunerados o no, a personas individuales o jurídicas que gestionen, exploten concesiones o privilegios de la administración pública o, que fueren sus propios proveedores o contratistas.\n\nc) Recibir directa o indirectamente, beneficios, originados de contratos, concesiones o franquicias que celebre u otorgue el Estado, sus organismos, las municipalidades y sus empresas o las entidades autónomas y descentralizadas.\n\nd) Solicitar servicios o recursos especiales para la institución que puedan comprometer la independencia de ésta en la toma de decisiones.\n\ne) Fomentar relaciones que le signifiquen beneficios u obligaciones con personas individuales o jurídicas que deban ser directamente supervisadas y fiscalizadas por la entidad estatal en la cual presta sus servicios.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-19/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-19.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 18, Ley de Probidad","url":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-18/"},{"cita":"Art. 65, Ley de Servicio Civil","url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-65/"},{"cita":"Art. 223 Bis, Ley Electoral y de Partidos Políticos","url":"https://codicegt.com/ley-electoral/articulo-223bis/"},{"cita":"Art. 66, Ley de Servicio Civil","url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-66/"},{"cita":"Art. 223, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-223/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 19, Ley de Probidad de Guatemala (Decreto 89-2002), codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-19/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}