{"ley":{"id":"ley-de-probidad","nombre":"Ley de Probidad","instrumento":"Decreto 89-2002 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 89-2002","fuente_url":"https://www.onsec.gob.gt/w1/wp-content/uploads/2026/06/LEY-PROBIDAD-Decreto-No.-89-2002.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/","nota_reformas":"Texto del Decreto 89-2002 según la edición de la ONSEC, que no anota reformas ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"25","clave":"25","epigrafe":"Obligación de suministrar información","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo V. Declaración patrimonial y del procedimiento para su presentación"],"texto":"Además de lo establecido en el artículo precedente, para efectos de la comprobación de la declaración jurada patrimonial, las oficinas públicas y bancos del sistema, así como las personas individuales y jurídicas que el declarante mencione como deudores o acreedores, quedan obligados a suministrar la información que la Contraloría General de Cuentas les requiera, dentro de los plazos que dicha entidad les imponga, previniéndoles que de incumplir con tales requerimientos se promoverán en su contra las acciones judiciales pertinentes.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-25/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-25.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 24, Ley de Probidad","url":"https://codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-24/"},{"cita":"Art. 39, Ley de Bancos y Grupos Financieros","url":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-39/"},{"cita":"Art. 355, Código Procesal Civil y Mercantil","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-355/"},{"cita":"Art. 70, Ley Integral Antilavado","url":"https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-70/"},{"cita":"Art. 63, Ley de Bancos y Grupos Financieros","url":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-63/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 25, Ley de Probidad de Guatemala (Decreto 89-2002), codicegt.com/ley-de-probidad/articulo-25/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}