{"ley":{"id":"ley-de-propiedad-industrial","nombre":"Ley de Propiedad Industrial","instrumento":"Decreto 57-2000 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Registro de la Propiedad Intelectual (rpi.gob.gt)","fuente_url":"https://portal.rpi.gob.gt/wp-content/uploads/2025/01/LEY-DE-PROPIEDAD-INDUSTRIAL-CON-SUS-REFORMAS-Y-SU-REGLAMENTO-07012025.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/"},"articulo":{"numero":"35 Bis","clave":"35bis","epigrafe":"Uso, aplicación o colocación indebidos","estado":"vigente","ubicacion":["Título II. De las marcas y otros signos distintivos","Capítulo I. De las marcas","Sección Cuatro. Derechos, limitaciones y obligaciones"],"texto":"Para los efectos de lo dispuesto en la literal c) del artículo 35 de esta Ley, los siguientes actos, entre otros, constituyen uso, aplicación o colocación indebidos:\n\n1. Introducir en el comercio, vender, ofrecer en venta o distribuir productos o servicios comprendidos en los casos previstos en las literales c) y g) del artículo 35 de esta Ley.\n\n2. Importar, exportar, almacenar o transportar dichos productos; y\n\n3. Usar la marca en publicidad, publicaciones, documentos comerciales o comunicaciones escritas u orales, independientemente de los medios en que se realice, si produce un efecto comercial dentro del país sin perjuicio de las normas sobre publicidad que fuesen aplicables. *Adicionado por el artículo 43 del Decreto No. 11-2006 del Congreso de la República de Guatemala. *Reformado el primer párrafo y el numeral 1 por el artículo 10, del Decreto Número 3-2013 el 26-06-2013","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-35bis/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-35bis.md"},"cita":"Art. 35 Bis, Ley de Propiedad Industrial de Guatemala (Decreto 57-2000), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-35bis/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}