{"ley":{"id":"ley-de-servicio-civil","nombre":"Ley de Servicio Civil","instrumento":"Decreto 1748 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Ministerio de Cultura y Deportes (mcd.gob.gt)","fuente_url":"https://mcd.gob.gt/wp-content/uploads/2013/07/Ley_de_servicio_civil.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/"},"articulo":{"numero":"19","clave":"19","epigrafe":"Deberes y atribuciones","estado":"vigente","ubicacion":["Título II. Organización","Capítulo II. Junta nacional de servicio CIVIL"],"texto":"Además de los que se le asigna por otras disposiciones de esta ley, son deberes y atribuciones de la Junta Nacional de Servicio Civil:\n\n1. Rendir al Presidente de la República y al Congreso, memoria anual de sus labores, y suministrar los informes adicionales que se le requieran;\n\n2. Colaborar en la promoción del mejoramiento del Sistema Nacional de Servicio Civil;\n\n3. Aprobar o improbar los proyectos de reglamentos que elabore el Director, antes de ser sancionados por el Presidente de la República;\n\n4. Adoptar normas para su organización y funcionamiento interno, las que entrarán en vigor una vez aprobadas por el Presidente de la República;\n\n5. Nombrar o remover a su Secretario y demás personal administrativo cuando fuere necesario;\n\n6. Investigar y resolver administrativamente, en apelación, a solicitud del interesado, las reclamaciones que surjan sobre la aplicación de esta ley en las siguientes materias: reclutamiento, selección, nombramiento, asignación o reasignación de puestos, traslados, suspensiones, cesantías y destituciones.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-19/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-19.md"},"cita":"Art. 19, Ley de Servicio Civil de Guatemala (Decreto 1748), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-19/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}