{"ley":{"id":"ley-de-servicio-civil","nombre":"Ley de Servicio Civil","instrumento":"Decreto 1748 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Ministerio de Cultura y Deportes (mcd.gob.gt)","fuente_url":"https://mcd.gob.gt/wp-content/uploads/2013/07/Ley_de_servicio_civil.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/"},"articulo":{"numero":"20","clave":"20","epigrafe":"Secretario de la Junta nacional de servicio CIVIL","estado":"vigente","ubicacion":["Título II. Organización","Capítulo II. Junta nacional de servicio CIVIL"],"texto":"El Secretario debe ser nombrado dentro del Servicio sin Oposición; es responsable ante la Junta y, además de las inherentes a su cargo, debe tener las siguientes atribuciones:\n\n1. Asistir a todas las reuniones de la Junta;\n\n2. Llevar los libros de actas, documentos y archivos de la Junta;\n\n3. Practicar las diligencias que la Junta ordene y aquellas otras que sean necesarias en el desempeño de su cargo y que se refieran a asuntos que se sometan a consideración de la Junta;\n\n4. Ser el órgano de comunicación de la Junta;\n\n5. Actuar como jefe del personal administrativo de la Junta;\n\n6. Cualquier otra función que le delegue o encomiende la Junta Nacional de Servicio Civil, dentro de las funciones legales de ésta.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-20/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-20.md"},"cita":"Art. 20, Ley de Servicio Civil de Guatemala (Decreto 1748), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-20/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}