{"ley":{"id":"ley-de-simplificacion-de-requisitos","nombre":"Ley de Simplificación de Requisitos","instrumento":"Decreto 5-2021 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Comisión Presidencial de Gobierno Abierto y Electrónico (gae.gob.gt), edición del Decreto 5-2021","fuente_url":"https://gae.gob.gt/wp-content/uploads/DECRETO-NU%CC%81MERO-5-2021.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-simplificacion-de-requisitos/","nota_reformas":"Texto del Decreto 5-2021 según la edición de la Comisión Presidencial de Gobierno Abierto y Electrónico (PDF de octubre de 2021; el mismo archivo publica el Ministerio de Economía). La edición no anota reformas; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"3","clave":"3","epigrafe":"Principios","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo I. Disposiciones generales"],"texto":"La presente ley tiene como principios rectores para las dependencias reguladas por la misma, los siguientes:\n\n1. Celeridad: deben incentivar el uso de medios electrónicos a efecto de que los trámites administrativos se desarrollen con diligencia, de la forma eficiente y en el menor tiempo posible, sin afectar la calidad de su gestión y sin dilaciones injustificadas.\n\n2. Consolidación: deberán simplificar sus procedimientos, consolidando los pasos de similar naturaleza dentro de cada trámite administrativo.\n\n3. Coordinación: deberán implementar canales de intercambio de información mediante el uso de medios electrónicos, para la adecuada gestión de los trámites administrativos.\n\n4. Participación ciudadana: para la optimización y modificación de los trámites administrativos, deben contar con la participación de sus usuarios; tomando en consideración sus sugerencias y necesidades.\n\n5. Presunción de buena fe: salvo prueba en contrario, los documentos y declaraciones presentadas por los usuarios, en el marco de un trámite administrativo, se presumirán auténticos, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales que se puedan generar por falta de veracidad en lo declarado, presentado o informado.\n\n6. Publicidad: se garantiza la publicidad de las actuaciones gestionadas en virtud de un trámite administrativo.\n\n7. Simplicidad: los trámites deberán ser claros, sencillos, ágiles y de fácil entendimiento para los usuarios. En caso de duda, las normas se interpretarán a favor del usuario. Los derechos de los usuarios prevalecerán sobre aspectos de forma, siempre y cuando estos puedan ser subsanados y no afecten derechos de terceros o el interés público.\n\n8. Transparencia: deberán proporcionar a los usuarios toda la información relacionada con los trámites administrativos que se pueden gestionar en sus oficinas, sitios web o dependencias.\n\n9. Trazabilidad: deberán proporcionar herramientas para que los usuarios conozcan el estado y avance de su solicitud o expediente.\n\nLas cuestiones relativas a materias que se rijan por la presente ley y que no estén expresamente resueltas en ella, serán dirimidas de conformidad con sus principios rectores.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-simplificacion-de-requisitos/articulo-3/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-simplificacion-de-requisitos/articulo-3.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 23, Ley de Simplificación de Requisitos","url":"https://codicegt.com/ley-de-simplificacion-de-requisitos/articulo-23/"},{"cita":"Art. 25, Ley de Simplificación de Requisitos","url":"https://codicegt.com/ley-de-simplificacion-de-requisitos/articulo-25/"},{"cita":"Art. 125 B, Código Tributario","url":"https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-125b/"},{"cita":"Art. 39, Ley de Acceso a la Información Pública","url":"https://codicegt.com/ley-de-acceso-a-la-informacion/articulo-39/"},{"cita":"Art. 3, Ley de Acceso a la Información Pública","url":"https://codicegt.com/ley-de-acceso-a-la-informacion/articulo-3/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 3, Ley de Simplificación de Requisitos de Guatemala (Decreto 5-2021), codicegt.com/ley-de-simplificacion-de-requisitos/articulo-3/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}