{"ley":{"id":"ley-de-simplificacion-de-requisitos","nombre":"Ley de Simplificación de Requisitos","instrumento":"Decreto 5-2021 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Comisión Presidencial de Gobierno Abierto y Electrónico (gae.gob.gt), edición del Decreto 5-2021","fuente_url":"https://gae.gob.gt/wp-content/uploads/DECRETO-NU%CC%81MERO-5-2021.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-simplificacion-de-requisitos/","nota_reformas":"Texto del Decreto 5-2021 según la edición de la Comisión Presidencial de Gobierno Abierto y Electrónico (PDF de octubre de 2021; el mismo archivo publica el Ministerio de Economía). La edición no anota reformas; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"42","clave":"42","epigrafe":"Planificación institucional","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo VII. Disposiciones finales y transitorias"],"texto":"Todas las dependencias deberán ajustar sus procedimientos administrativos, planes y políticas internas a las disposiciones de esta ley. Para el efecto deberán crear un plan de simplificación de trámites y servicios administrativos en un plazo de seis meses e incluir dentro de sus presupuestos el monto necesario para la adquisición de software y hardware que sirva para la simplificación y automatización de los procesos. El Ministerio de Finanzas Públicas deberá velar porque esta disposición lo incluya cada dependencia en sus respectivos presupuestos.\n\nNinguna dependencia podrá oponerse a la simplificación de procedimientos o a la utilización de medios electrónicos fundamentándose en normativas anteriores, normativas jerárquicamente inferiores o documentos administrativos internos.\n\nLas dependencias deberán ajustar sus manuales y normativas internas luego de realizar modificaciones o simplificaciones en el procesamiento de los trámites administrativos a su cargo.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-simplificacion-de-requisitos/articulo-42/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-simplificacion-de-requisitos/articulo-42.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 44, Ley de Desarrollo Social","url":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-44/"},{"cita":"Art. 21, Ley Orgánica del Presupuesto","url":"https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-21/"},{"cita":"Art. 119, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-119/"},{"cita":"Art. 30, Código Municipal","url":"https://codicegt.com/codigo-municipal/articulo-30/"},{"cita":"Art. 4, Ley de Contrataciones del Estado","url":"https://codicegt.com/ley-de-contrataciones-del-estado/articulo-4/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 42, Ley de Simplificación de Requisitos de Guatemala (Decreto 5-2021), codicegt.com/ley-de-simplificacion-de-requisitos/articulo-42/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}