{"ley":{"id":"ley-de-sindicalizacion-del-estado","nombre":"Ley de Sindicalización del Estado","instrumento":"Decreto 71-86 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Organismo Judicial (CENADOJ), PDF del Decreto 71-86 con notas de reforma","fuente_url":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-sindicalizacion-del-estado/","nota_reformas":"Texto del Decreto 71-86 con las notas del Organismo Judicial: reformas del Decreto 35-96 (artículos 1 y 4) y sentencia de la Corte de Constitucionalidad (expediente 3046-2005) que declaró inconstitucional el inciso c.1) del artículo 4. La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"3","clave":"3","epigrafe":"Formas de organización sindical","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":[],"texto":"Los trabajadores a que alude el artículo anterior, podrán constituir y organizar sindicatos por organismos del Estado, Ministerio, Entidad Autónoma o Descentralizada, o por dependencia o Gremios.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-sindicalizacion-del-estado/articulo-3/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-sindicalizacion-del-estado/articulo-3.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 206, Código de Trabajo","url":"https://codicegt.com/codigo-de-trabajo/articulo-206/"},{"cita":"Art. 38, Código de Trabajo","url":"https://codicegt.com/codigo-de-trabajo/articulo-38/"},{"cita":"Art. 215, Código de Trabajo","url":"https://codicegt.com/codigo-de-trabajo/articulo-215/"},{"cita":"Art. 210, Código de Trabajo","url":"https://codicegt.com/codigo-de-trabajo/articulo-210/"},{"cita":"Art. 231, Código de Trabajo","url":"https://codicegt.com/codigo-de-trabajo/articulo-231/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 3, Ley de Sindicalización del Estado de Guatemala (Decreto 71-86), codicegt.com/ley-de-sindicalizacion-del-estado/articulo-3/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}