{"ley":{"id":"ley-de-supervision-financiera","nombre":"Ley de Supervisión Financiera","instrumento":"Decreto 18-2002 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Banco de Guatemala (banguat.gob.gt), edición del Decreto 18-2002 (2013)","fuente_url":"https://banguat.gob.gt/sites/default/files/banguat/leyes/2013/ley_supervision_financiera.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-supervision-financiera/","nota_reformas":"Texto del Decreto 18-2002 según la edición del Banco de Guatemala (PDF de junio de 2013). La edición no anota reformas ni declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"5","clave":"5","epigrafe":"Nombramiento","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo II. Organizacion de la Superintendencia de Bancos"],"texto":"El Superintendente de Bancos es nombrado por el Presidente de la República para un período de cuatro años, seleccionado de una terna propuesta por la Junta Monetaria, con el voto favorable de las tres cuartas partes de la totalidad de los miembros de dicha Junta.\n\nEn caso de muerte, renuncia, abandono del cargo, impedimento definitivo para el ejercicio del cargo de Superintendente de Bancos, se procederá a nombrar al sustituto para terminar el período de su antecesor, conforme el procedimiento indicado en el párrafo anterior.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-supervision-financiera/articulo-5/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-supervision-financiera/articulo-5.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 12, Ley de Supervisión Financiera","url":"https://codicegt.com/ley-de-supervision-financiera/articulo-12/"},{"cita":"Art. 10, Ley de Supervisión Financiera","url":"https://codicegt.com/ley-de-supervision-financiera/articulo-10/"},{"cita":"Art. 11, Ley de Supervisión Financiera","url":"https://codicegt.com/ley-de-supervision-financiera/articulo-11/"},{"cita":"Art. 9, Ley de Supervisión Financiera","url":"https://codicegt.com/ley-de-supervision-financiera/articulo-9/"},{"cita":"Art. 20, Ley de Bancos y Grupos Financieros","url":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-20/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 5, Ley de Supervisión Financiera de Guatemala (Decreto 18-2002), codicegt.com/ley-de-supervision-financiera/articulo-5/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}