{"ley":{"id":"ley-de-tarjetas-de-credito","nombre":"Ley de Tarjetas de Crédito","instrumento":"Decreto 2-2024 del Congreso de la República","texto_al":"2026-03-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compendio de Normativa de Derecho Bancario","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compendio%20de%20Derecho%20Bancario_CENADOJ.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/"},"articulo":{"numero":"31","clave":"31","epigrafe":"Obligaciones de los afiliados","estado":"vigente","ubicacion":["Capítulo III. Derechos y obligaciones del emisor, afiliado y tarjetahabiente"],"texto":"Son obligaciones de los afiliados:\n\n1. Mantener en un lugar visible al público el nombre de la marca de la tarjeta de crédito que acepta, la cual deberá retirar cuando venza o termine el contrato con el emisor u operador;\n\n2. Entregar una copia física o electrónica al tarjetahabiente del comprobante de las operaciones realizadas con la tarjeta de crédito, excepto en transacciones que por su naturaleza no aplique;\n\n3. Requerir la firma o identificación por los medios electrónicos disponibles, del tarjetahabiente, en el comprobante de la operación respectiva, cuando así lo requieran las políticas del emisor, del operador o de las marcas;\n\n4. Devolver la tarjeta de crédito al tarjetahabiente, una vez efectuada la transacción;\n\n5. No aceptar tarjetas de crédito que no cumplan con lo estipulado en esta Ley;\n\n6. Proteger la información de los tarjetahabientes que hayan efectuado transacciones en su comercio y cumplir con las políticas de protección de datos estipulados por emisores, operadores o marcas;\n\n7. Realizar el debido control y supervisión sobre su personal que realice operaciones de cobro con tarjeta de crédito.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-31/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-31.md"},"cita":"Art. 31, Ley de Tarjetas de Crédito de Guatemala (Decreto 2-2024), texto al 31 de marzo de 2026, codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-31/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}