{"ley":{"id":"ley-de-tarjetas-de-credito","nombre":"Ley de Tarjetas de Crédito","instrumento":"Decreto 2-2024 del Congreso de la República","texto_al":"2026-03-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compendio de Normativa de Derecho Bancario","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compendio%20de%20Derecho%20Bancario_CENADOJ.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/"},"articulo":{"numero":"4","clave":"4","epigrafe":"Contrato entre el emisor y el tarjetahabiente","estado":"vigente","ubicacion":["Capítulo II. Aspectos contractuales y financiamiento"],"texto":"El emisor, el tarjetahabiente y el fiador, si lo hubiere, formalizarán por medio de un contrato escrito, la línea de crédito otorgada al tarjetahabiente para la utilización de la tarjeta de crédito para la adquisición de bienes, servicios o retiro de dinero en efectivo en los afiliados, obligándose el tarjetahabiente a cancelar las cantidades a su cargo, conforme a las condiciones pactadas.\n\nLos contratos de tarjeta de crédito tendrán la calidad de títulos ejecutivos y los mismos no necesitan firma legalizada.\n\nEl contrato debe contener, como mínimo, las cláusulas sobre los aspectos siguientes:\n\n1) Limite de crédito;\n\n2) Área geográfica de uso de la tarjeta de crédito;\n\n3) Plazo del contrato;\n\n4) Tipo de moneda;\n\n5) Tasa de interés del financiamiento y forma de cálculo, así como, la tasa efectiva anual equivalente;\n\n6) Tasa de interés por mora y forma de cálculo;\n\n7) Tarifas de comisiones y otros cargos;\n\n8) Información relativa al estado de cuenta;\n\n9) Cobros que el emisor realice por cuenta de terceros;\n\n10) Fecha límite de pago;\n\n11) Derechos y obligaciones del emisor y del tarjetahabiente;\n\n12) Manera de proceder en caso de robo, hurto, fraude, extravío, clonación o uso no autorizado de la tarjeta;\n\n13) Condiciones y procedimiento para las objeciones a operaciones contenidas en el estado de cuenta;\n\n14) Causales de terminación del contrato;\n\n15) Pago mínimo y forma de determinarlo;\n\n16) Cuota por seguro si lo hubiere;\n\n17) Comisión o cargo por retiro en efectivo con la tarjeta de crédito;\n\n18) Premios y bonificación por el uso de la tarjeta, cuando corresponda;\n\n19) Cargo anual por membresía o por uso de la tarjeta de crédito si lo hubiere.\n\nEl texto del contrato debe permitir su fácil lectura y comprensión, así como destacar las cláusulas que establecen obligaciones tanto para el tarjetahabiente como para el emisor. El emisor está obligado a poner a disposición por cualquier medio una copia del contrato al tarjetahabiente, a más tardar dentro de los cinco (5) días posteriores a la entrega de la tarjeta de crédito autorizada.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-4/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-4.md"},"cita":"Art. 4, Ley de Tarjetas de Crédito de Guatemala (Decreto 2-2024), texto al 31 de marzo de 2026, codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-4/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}