{"ley":{"id":"ley-de-tarjetas-de-credito","nombre":"Ley de Tarjetas de Crédito","instrumento":"Decreto 2-2024 del Congreso de la República","texto_al":"2026-03-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compendio de Normativa de Derecho Bancario","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compendio%20de%20Derecho%20Bancario_CENADOJ.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/"},"articulo":{"numero":"54","clave":"54","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Capítulo V. Régimen sancionatorio","Sección II. Delitos"],"texto":"Se adiciona el artículo 327 “F” al Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal, para que quede redactado de la forma siguiente:\n\n“Artículo 327 “F”. Circuns-\n\ntancias agravantes. Las penas para los delitos contemplados en los artículos 327 “B”, 327 “C”, 327 “D”, y 327 “E”, se aumentarán en dos terceras partes, cuando el responsable sea director, gerente, ejecutivo, representante legal, administrador, funcionarlo, factor, propietario, empleado o persona de confianza del emisor, operador, o afiliado.”","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-54/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-54.md"},"cita":"Art. 54, Ley de Tarjetas de Crédito de Guatemala (Decreto 2-2024), texto al 31 de marzo de 2026, codicegt.com/ley-de-tarjetas-de-credito/articulo-54/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}