{"ley":{"id":"ley-de-timbres-fiscales","nombre":"Ley de Timbres Fiscales","instrumento":"Decreto 37-92 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), portal.sat.gob.gt","fuente_url":"https://portal.sat.gob.gt/portal/descarga/1899/legislacion-tributaria/18272/decreto-numero-37-92-ley-del-impuesto-de-timbres-fiscales-y-de-papel-sellado-especial-para-protocolos","url":"https://codicegt.com/ley-de-timbres-fiscales/","nota_reformas":"Texto del Decreto 37-92 con las notas de reforma que anota la SAT: Decretos 70-94, 44-2000, 80-2000, 34-2002, 88-2002, 15-2009, 4-2012, 10-2012 y 19-2013. La SAT no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"5","clave":"5","epigrafe":"De las tarifas específicas","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título I. Del impuesto, objeto, sujeto y sus tarifas","Capítulo IV. De las tarifas"],"texto":"El impuesto a que se refiere este artículo, resulta al aplicar las tarifas específicas a la base establecida en cada caso, para los documentos siguientes:\n\n1. Auténticas de firmas, efectuadas por dependencias del Estados, cada una. — Q. 10.00\n\n2. Auténticas de firmas en el exterior cada una, el valor equivalente en moneda nacional a diez dólares de los Estados Unidos de América (USA $. 10.00) al tipo de cambio que estuviere vigente a la fecha en que estas se efectúen.\n\n3. Por cada razón puesta por los registros públicos al pie de los documentos que se presentan a su registro. — Q. 0.50\n\n4. Los Libros de contabilidad, hojas movibles de contabilidad, actas o registros, por cada hoja. — Q. 0.50\n\n5. Títulos, credenciales a documentos acreditativos del nombramiento o cargos o comprobantes de representación de personas jurídicas de cualquier naturaleza, extendidos en acta notarial o en cualquier otra forma. — Q. 100.00\n\nSe exceptúan del pago de este impuesto los nombramientos o documentos acreditativos de representantes de cooperativas, los cuales se rigen por lo dispuesto en las leyes especiales.\n\n6. Índices, testimonios especiales, copias simples o legalizadas y actas notariales, por cada hoja de papel. — Q. 0.50\n\n7. Actas de legalización notarial de firmas o documentos. — Q. 5.00\n\n8. Poderes:\n\na. Generales, la primera hoja del testimonio: — Q. 10.00\n\nb. Especiales, la primera hoja del testimonio. — Q. 2.00\n\n9. Cubiertas de testamentos cerrados. — Q. 200.00\n\n10. Patentes:\n\na. De invención, el titulo correspondiente. — Q. 50.00\n\nb. Extendidas por el Registro Mercantil:\n\n1. Para empresas individuales. — Q. 50.00\n\n2. Para sociedades mercantiles — Q. 200.00\n\nc. De buques que se matriculen bajo bandera guatemalteca, por cada cien toneladas o fracción. — Q. 100.00\n\n11. * Derogado\n\n12. Títulos reconocidos legalmente para ejercer profesión:\n\na. Universitarios. — Q 100.00\n\nb. Carreras técnicas. — Q 25.00\n\n13. Títulos de concesiones de explotación de bosques nacionales, minas, canteras y cualesquiera otras. — Q 1,000.00\n\n14. * Derogado\n\n15. * Derogado\n\n16. Promesas de Compraventa de inmuebles. — Q. 50.00\n\n17. Testimonios de las escrituras públicas de constitución, transformación, modificación, liquidación o fusión de sociedades mercantiles, en la primera hoja. — Q. 250.00","nota":"* Derogados los Numerales 14 y 15 por el Artículo 43 del Decreto Ley Número 70-94 Ley de Circulación de Vehículos Terrestre, Marítimos y Aéreos. *Derogado el inciso 11. por el Articulo 150, del Decreto Número 15-2009 el 28-04-2009","reformas":[{"accion":"derogado","alcance":"numeral","instrumento":"Decreto-Ley 70-94","tipo":"Decreto-Ley","numero":"70-94","anio":1994,"articulo_reformador":"43","fecha":null,"descripcion":"Derogado (numeral) por el artículo 43 del Decreto-Ley 70-94","texto_fuente":"Derogados los Numerales 14 y 15 por el Artículo 43 del Decreto Ley Número 70-94 Ley de Circulación de Vehículos Terrestre, Marítimos y Aéreos"},{"accion":"derogado","alcance":"inciso","instrumento":"Decreto 15-2009","tipo":"Decreto","numero":"15-2009","anio":2009,"articulo_reformador":"150","fecha":"2009-04-28","descripcion":"Derogado (inciso) por el artículo 150 del Decreto 15-2009","texto_fuente":"Derogado el inciso 11. por el Articulo 150, del Decreto Número 15-2009 el 28-04-2009"}],"url":"https://codicegt.com/ley-de-timbres-fiscales/articulo-5/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-timbres-fiscales/articulo-5.md","que_significa":null,"citado_por":[{"cita":"Art. 150, Ley de Armas y Municiones","url":"https://codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-150/"},{"cita":"Art. 43, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos","url":"https://codicegt.com/ley-impuesto-circulacion-vehiculos/articulo-43/"},{"cita":"Art. 11, Ley de Timbres Fiscales","url":"https://codicegt.com/ley-de-timbres-fiscales/articulo-11/"},{"cita":"Art. 17, Ley de Timbres Fiscales","url":"https://codicegt.com/ley-de-timbres-fiscales/articulo-17/"}],"relacionados":[{"cita":"Art. 7, Ley del Impuesto de Solidaridad","url":"https://codicegt.com/ley-iso/articulo-7/"},{"cita":"Art. 4, Ley de Timbres Fiscales","url":"https://codicegt.com/ley-de-timbres-fiscales/articulo-4/"},{"cita":"Art. 55, Ley del IVA","url":"https://codicegt.com/ley-iva/articulo-55/"},{"cita":"Art. 104, Ley de Actualización Tributaria (ISR)","url":"https://codicegt.com/ley-isr/articulo-104/"},{"cita":"Art. 32, Ley del IVA","url":"https://codicegt.com/ley-iva/articulo-32/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 5, Ley de Timbres Fiscales de Guatemala (Decreto 37-92), codicegt.com/ley-de-timbres-fiscales/articulo-5/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}