{"ley":{"id":"ley-de-titulacion-supletoria","nombre":"Ley de Titulación Supletoria","instrumento":"Decreto 49-79 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Municipalidad de Santa Eulalia, Huehuetenango (munisantaeulalia.gob.gt), edición del Decreto 49-79 con notas de reforma","fuente_url":"https://munisantaeulalia.gob.gt/images/acceso_informacion/Ley-de-Titulacion-Supletoria.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-titulacion-supletoria/","nota_reformas":"Texto del Decreto 49-79 con las notas que anota la edición municipal: reformas de los Decretos-Ley 60-82 y 128-85 y del Decreto 49-2005; el artículo 2 fue declarado inconstitucional (expediente 1331-2005, 25 de abril de 2006). La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"11","clave":"11","epigrafe":null,"estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":[],"texto":"El auto aprobatorio de las diligencias deberá contener los requisitos que señala la Ley del Organismo Judicial, para las resoluciones judiciales, y además expresará:\n\na) Nombres y apellidos de la persona solicitante;\n\nb) La identificación completa del inmueble cuya Titulación Supletoria se solicita, su extensión, colindancias; nombres y apellidos de quienes hubieren poseído el inmueble y de quien lo adquirió el solicitante, si fuere pertinente, fecha y modo de la adquisición, valor real en que fue estimado el inmueble y cuanto dato sea necesario para una plena identificación del bien;\n\nc) La consideración legal sobre el cumplimiento de los requisitos que dispone la ley para la aprobación de las diligencias; y\n\nd) Orden de que se extienda certificación del auto aprobatorio, para que sirva de título inscribible en el Registro de la Propiedad; y se dé aviso a las oficinas de Rentas Internas y Municipales, si se trata de un bien urbano, para que la apertura de la matrícula correspondiente y el pago del impuesto territorial. El aviso incluirá todos los datos de identificación del inmueble. La certificación se extenderá en el papel sellado correspondiente al valor del inmueble y a la misma se acompañará el plano respectivo.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-titulacion-supletoria/articulo-11/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-titulacion-supletoria/articulo-11.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 332, Código de Trabajo","url":"https://codicegt.com/codigo-de-trabajo/articulo-332/"},{"cita":"Art. 21, Ley de Amparo","url":"https://codicegt.com/ley-de-amparo/articulo-21/"},{"cita":"Art. 444, Código Procesal Civil y Mercantil","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-444/"},{"cita":"Art. 634, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-634/"},{"cita":"Art. 61, Código Procesal Civil y Mercantil","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-61/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 11, Ley de Titulación Supletoria de Guatemala (Decreto 49-79), codicegt.com/ley-de-titulacion-supletoria/articulo-11/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}