{"ley":{"id":"ley-de-tribunales-de-familia","nombre":"Ley de Tribunales de Familia","instrumento":"Decreto-Ley 206 del Jefe de Gobierno de la República","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Normativa Aplicada en Guatemala (expediente 03_07)","fuente_url":null,"url":"https://codicegt.com/ley-de-tribunales-de-familia/","nota_reformas":"Texto del Decreto-Ley 206 tal como lo publica la Compilación de Normativa Aplicada en Guatemala (CENADOJ, Organismo Judicial). La compilación no anota reformas ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"16","clave":"16","epigrafe":null,"estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo IV. Jurisdicción voluntaria"],"texto":"En los asuntos relacionados con la familia, que se enumeran en el artículo 2º de este decreto y que deban conocerse en la vía voluntaria, los Tribunales de Familia, aplicarán los procedimientos establecidos en los capítulos I y II del título I del libro IV del Código Procesal Civil y Mercantil, pero con las características procesales prescritas en este decreto, en lo que fueren aplicables. Toda oposición que no tratare de los asuntos a que se refiere el artículo 9° se resolverá dentro del mismo proceso.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-tribunales-de-familia/articulo-16/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-tribunales-de-familia/articulo-16.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 8, Ley de Tribunales de Familia","url":"https://codicegt.com/ley-de-tribunales-de-familia/articulo-8/"},{"cita":"Art. 133, Ley de Derecho de Autor","url":"https://codicegt.com/ley-de-derecho-de-autor/articulo-133/"},{"cita":"Art. 182, Ley de Propiedad Industrial","url":"https://codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-182/"},{"cita":"Art. 20, Ley de Tribunales de Familia","url":"https://codicegt.com/ley-de-tribunales-de-familia/articulo-20/"},{"cita":"Art. 185, Código Tributario","url":"https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-185/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 16, Ley de Tribunales de Familia de Guatemala (Decreto-Ley 206 del Jefe de Gobierno de la República), codicegt.com/ley-de-tribunales-de-familia/articulo-16/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}