{"ley":{"id":"ley-de-vivienda","nombre":"Ley de Vivienda","instrumento":"Decreto 9-2012 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"scp.gob.gt — texto del Decreto 9-2012","fuente_url":"https://scp.gob.gt/wp-content/uploads/2024/03/LEY-DE-VIVIENDAS-Y-ASENTAMIENTOS-HUMANOS.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-de-vivienda/","nota_reformas":"Texto original del Decreto 9-2012 tal como lo publica scp.gob.gt; la fuente no anota reformas ni fecha de corte. No se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"43","clave":"43","epigrafe":"Apoyo a poblaciones vulnerables","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título III. Gestión habitacional","Capítulo III. Calidad y producción social de vivienda"],"texto":"Las políticas y programas dirigidos al estímulo y apoyo de la producción social de vivienda y a la vivienda de las comunidades rurales e indígenas, deberán:\n\na) Reconocer y atender a las comunidades rurales e indígenas, con tecnología apropiada y adaptada a sus propias características culturales, respetando sus formas de asentamiento territorial y favoreciendo los sistemas constructivos acordes con el entorno bioclimático ambiental de las regiones, así como sus modos de producción de vivienda.\n\nb) Atender preferentemente a los grupos vulnerables, marginados o en situación de pobreza y extrema pobreza.\n\nc) Ofrecer apoyos y asistencia técnica, social, jurídica y financiera que combine el ahorro, el crédito y el subsidio con el trabajo de las familias beneficiadas en los distintos tipos y modalidades de vivienda.\n\nd) Considerar la integralidad y progresividad en la solución de las necesidades habitacionales, con visión de mediano y largo plazo, continuidad y complementariedad de la asistencia integral y de los apoyos materiales o financieros que se les proporcionen.\n\ne) Focalizar preferentemente a la mujer sostén de la familia, en las acciones de fomento y apoyo, otorgándoles el apoyo crediticio y de subsidio.\n\nf) Atender las distintas formas legales de propiedad y posesión de la tierra, ya sean en tenencia individual o colectiva, en propiedad privada o no, adecuando los diversos instrumentos y productos financieros al efecto.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-43/","markdown":"https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-43.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 16, Ley de Desarrollo Social","url":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-16/"},{"cita":"Art. 67, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-67/"},{"cita":"Art. 46, Ley de Vivienda","url":"https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-46/"},{"cita":"Art. 26, Ley de Vivienda","url":"https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-26/"},{"cita":"Art. 45, Ley de Vivienda","url":"https://codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-45/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 43, Ley de Vivienda de Guatemala (Decreto 9-2012), codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-43/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}