{"ley":{"id":"ley-del-organismo-ejecutivo","nombre":"Ley del Organismo Ejecutivo","instrumento":"Decreto 114-97 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 114-97 con notas de reforma","fuente_url":"https://www.onsec.gob.gt/w1/wp-content/uploads/2026/06/LEY-DEL-ORGANISMO-EJECUTIVO-Decreto-No.-114-97.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/","nota_reformas":"Texto del Decreto 114-97 con las reformas que anota la ONSEC (edición de enero de 2025): Decretos 63-98, 22-99, 90-2000, 50-2003, 11-2006, 18-2008, 1-2012, 44-2016, 32-2024 y 35-2024, entre otros. La edición no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"14 Bis","clave":"14bis","epigrafe":"Secretaria de asuntos administrativos y de seguridad de la presidencia de la República","estado":"reformado","estado_en_el_texto":"reformado","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo III. De la estructura y funciones de la administración publica","Sección Segunda. De las secretarías de la presidencia"],"texto":"La Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia de la República, que podrá abreviarse SAAS, como una entidad permanente, con organización jerárquica y profesional, con especialidad en seguridad y de naturaleza civil, La Ley específica establecerá el régimen jurídico que la determine.\n\nLa SAAS cumplirá estrictamente las atribuciones que le asigne la ley específica, y no ejercerá, realizará o participará en investigaciones a favor de particulares, quedándole prohibido limitar o entorpecer el ejercicio de los derechos políticos y la libre emisión del pensamiento.","nota":"Adicionado según Decreto 50-2003 del Congreso de la República, publicado en el Diario Oficial el 28 de octubre de 2003.","reformas":[{"accion":"adicionado","alcance":"artículo","instrumento":"Decreto 50-2003","tipo":"Decreto","numero":"50-2003","anio":2003,"articulo_reformador":null,"fecha":"2003-10-28","descripcion":"Adicionado por el Decreto 50-2003","texto_fuente":"Adicionado según Decreto 50-2003 del Congreso de la República, publicado en el Diario Oficial el 28 de octubre de 2003"}],"url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-14bis/","markdown":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-14bis.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 21, Ley de Servicio Civil","url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-21/"},{"cita":"Art. 44, Ley del RENAP","url":"https://codicegt.com/ley-del-renap/articulo-44/"},{"cita":"Art. 4, Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata","url":"https://codicegt.com/ley-vet/articulo-4/"},{"cita":"Art. 13, Ley del Organismo Ejecutivo","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-13/"},{"cita":"Art. 15, Ley de Contrataciones del Estado","url":"https://codicegt.com/ley-de-contrataciones-del-estado/articulo-15/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 14 Bis, Ley del Organismo Ejecutivo de Guatemala (Decreto 114-97), codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-14bis/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}