{"ley":{"id":"ley-del-organismo-ejecutivo","nombre":"Ley del Organismo Ejecutivo","instrumento":"Decreto 114-97 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 114-97 con notas de reforma","fuente_url":"https://www.onsec.gob.gt/w1/wp-content/uploads/2026/06/LEY-DEL-ORGANISMO-EJECUTIVO-Decreto-No.-114-97.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/","nota_reformas":"Texto del Decreto 114-97 con las reformas que anota la ONSEC (edición de enero de 2025): Decretos 63-98, 22-99, 90-2000, 50-2003, 11-2006, 18-2008, 1-2012, 44-2016, 32-2024 y 35-2024, entre otros. La edición no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"22","clave":"22","epigrafe":"Actuación ministerial","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo III. De la estructura y funciones de la administración publica","Sección Cuarta. De los ministerios"],"texto":"Los Ministros tienen autoridad y competencia en toda la República para los asuntos propios de su ramo, y son responsables de sus actos de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y las leyes.\n\nLos ministros se reputarán como en falta temporal cuando se encuentren fuera del territorio de la República o imposibilitados por enfermedad u otra incapacidad, para el ejercicio de sus funciones; en caso de ausencia lo sustituirá el Viceministro con mayor antigüedad en el cargo o, en su defecto, por el viceministro con la segunda mayor antigüedad.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-22/","markdown":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-22.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 10, Ley de Educación Nacional","url":"https://codicegt.com/ley-de-educacion-nacional/articulo-10/"},{"cita":"Art. 182, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-182/"},{"cita":"Art. 196, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-196/"},{"cita":"Art. 27, Ley del Organismo Ejecutivo","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-27/"},{"cita":"Art. 167, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-167/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 22, Ley del Organismo Ejecutivo de Guatemala (Decreto 114-97), codicegt.com/ley-del-organismo-ejecutivo/articulo-22/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}