{"ley":{"id":"ley-del-organismo-judicial","nombre":"Ley del Organismo Judicial","instrumento":"Decreto 2-89 del Congreso de la República","texto_al":"2025-07-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Leyes/Ley_OJ.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/"},"articulo":{"numero":"39","clave":"39","epigrafe":"Devolución de documentos protocolizados","estado":"vigente","ubicacion":["Título I. Normas generales","Capítulo IV. Documentos provenientes del extranjero"],"texto":"En los casos no previstos en el artículo anterior, la protocolización será optativa para el interesado, pero los documentos no podrán ser retirados del expediente en que sean presentados los originales, aún después de fenecido, salvo que, a juicio de la autoridad correspondiente, no hayan sido determinantes para resolver, lo que hará constar bajo su responsabilidad en el expediente de que se trate y se dejará copia certificada en los autos.\n\nSin embargo, tales documentos podrán ser retirados de diligencias voluntarias en trámite, mediante razón circunstanciada, pero en tal caso, el expediente quedará en suspenso hasta que sea presentado de nuevo el documento en debida forma o el testimonio de su protocolización.\n\nEn ningún caso se devolverán documentos que tengan indicios de falsedad.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-39/","markdown":"https://codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-39.md"},"cita":"Art. 39, Ley del Organismo Judicial de Guatemala (Decreto 2-89), texto al 31 de julio de 2025, codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-39/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}