{"ley":{"id":"ley-del-regimen-penitenciario","nombre":"Ley del Régimen Penitenciario","instrumento":"Decreto 33-2006 del Congreso de la República","texto_al":"2025-05-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed.","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compilacion%20de%20Leyes%20Penales_CENADOJ%204aEd.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-del-regimen-penitenciario/"},"articulo":{"numero":"65","clave":"65","epigrafe":"Trabajo en el interior del centro","estado":"vigente","ubicacion":["Título IV. Régimen progresivo","Capítulo III. Tratamiento"],"texto":"Durante la fase de tratamiento, las personas reclusas podrán realizar actividades laborales o productivas dentro del centro, previa autorización de las autoridades penitenciarias. Las autoridades le brindarán las facilidades para que ingrese instrumentos de trabajo, materia prima y para que egrese sus productos al mercado, con la autorización, control y registro del Director del centro penal, sIempre que dichos trabajos no atenten contra la seguridad del centro penal.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-del-regimen-penitenciario/articulo-65/","markdown":"https://codicegt.com/ley-del-regimen-penitenciario/articulo-65.md"},"cita":"Art. 65, Ley del Régimen Penitenciario de Guatemala (Decreto 33-2006), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-del-regimen-penitenciario/articulo-65/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}