{"ley":{"id":"ley-del-regimen-penitenciario","nombre":"Ley del Régimen Penitenciario","instrumento":"Decreto 33-2006 del Congreso de la República","texto_al":"2025-05-31","fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed.","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/pdfs/Compilaciones/Compilacion%20de%20Leyes%20Penales_CENADOJ%204aEd.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-del-regimen-penitenciario/"},"articulo":{"numero":"69 Bis","clave":"69bis","epigrafe":null,"estado":"reformado","ubicacion":["Título IV. Régimen progresivo","Capítulo V. Libertad controlada"],"texto":"Criterios de priorización para optar a los mecanismos de control telemático.\n\nEn los incidentes de libertad anticipada, el juez competente deberá priorizar la utilización de control telemático en los siguientes casos:\n\n1) Personas mayores de sesenta cinco años;\n\n2) Mujeres gestantes que se encuentren dentro del tercer trimestre del proceso de gestación. Igual tratamiento tendrá dentro de los doce meses siguientes a la fecha del nacimiento;\n\n3) Quienes padezcan de enfermedad grave o terminal debidamente acreditado por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses -INACIF-;\n\n4) Los que adolezcan de discapacidad física permanente que afecte sensiblemente su capacidad de desplazamiento;\n\n5) Madre o padre que sea cabeza de familia con hijo menor o con hijo o cónyuge que sufra de discapacidad permanente, siempre y cuando haya estado bajo su cuidado, debidamente acreditado; y,\n\n6) Los adolescentes en conflicto con la ley penal que hayan sido sancionados y se encuentren en régimen de privación y cumplan la mayoría de edad, previa evaluación del juez competente.","nota":"(Adicionado por el Artículo 20 del Decreto 49-2016 del Congreso de la República).","url":"https://codicegt.com/ley-del-regimen-penitenciario/articulo-69bis/","markdown":"https://codicegt.com/ley-del-regimen-penitenciario/articulo-69bis.md"},"cita":"Art. 69 Bis, Ley del Régimen Penitenciario de Guatemala (Decreto 33-2006), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-del-regimen-penitenciario/articulo-69bis/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}