{"ley":{"id":"ley-del-ric","nombre":"Ley del RIC","instrumento":"Decreto 41-2005 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Registro de Información Catastral (ric.gob.gt), edición del Decreto 41-2005 (2008)","fuente_url":"https://portal.ric.gob.gt/sites/default/files/2019-09/ley-del-ric-version-con-portada_0.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/","nota_reformas":"Texto del Decreto 41-2005 según la edición del Registro de Información Catastral (PDF de septiembre de 2008). La edición 2025 del RIC anota que la Corte de Constitucionalidad (expedientes acumulados 2265, 2243 y 2251) declaró inconstitucionales el segundo párrafo del artículo 73 y el artículo 91; esas notas van en cada artículo. No se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"37","clave":"37","epigrafe":"Firmeza de la declaración","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título IV. Del proceso catastral","Capítulo II. Acciones y procedimientos catastrales"],"texto":"La declaración de predio catastrado regular o irregular quedará firme si transcurrido el plazo de treinta días no se presenta la solicitud de revisión técnica del proceso, en forma verbal o por escrito.\n\nSi agotado el plazo para presentar dicha solicitud no se presentare, y si no hubiere recurso posterior pendiente, la declaración quedará firme y surtirá los efectos previstos.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-37/","markdown":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-37.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 54, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-54/"},{"cita":"Art. 35, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-35/"},{"cita":"Art. 56, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-56/"},{"cita":"Art. 157, Código Tributario","url":"https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-157/"},{"cita":"Art. 123, Código Procesal Civil y Mercantil","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-123/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 37, Ley del RIC de Guatemala (Decreto 41-2005), codicegt.com/ley-del-ric/articulo-37/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}