{"ley":{"id":"ley-del-ric","nombre":"Ley del RIC","instrumento":"Decreto 41-2005 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Registro de Información Catastral (ric.gob.gt), edición del Decreto 41-2005 (2008)","fuente_url":"https://portal.ric.gob.gt/sites/default/files/2019-09/ley-del-ric-version-con-portada_0.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/","nota_reformas":"Texto del Decreto 41-2005 según la edición del Registro de Información Catastral (PDF de septiembre de 2008). La edición 2025 del RIC anota que la Corte de Constitucionalidad (expedientes acumulados 2265, 2243 y 2251) declaró inconstitucionales el segundo párrafo del artículo 73 y el artículo 91; esas notas van en cada artículo. No se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"54","clave":"54","epigrafe":"Solicitud de revisión técnica del proceso","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título VI","Capítulo Único. De la solicitud de revisión técnica del proceso y de los recursos administrativos"],"texto":"Procede la solicitud de revisión técnica del proceso cuando el titular catastral no esté conforme con los resultados que sirvieron de base para emitir la declaración de predio catastrado regular o irregular.\n\nPodrá ser solicitado verbalmente en el momento de la notificación de la declaración, o dentro de los 30 días siguientes a la misma. En este último caso se levantará acta de la solicitud, la cual deberá contener los siguientes requisitos:\n\na) Será dirigido al Director Municipal de Registro de Información Catastral;\n\nb) Nombre del recurrente y lugar para recibir notificaciones;\n\nc) Identificación precisa del predio catastral;\n\nd) Expresar con claridad los motivos de su inconformidad, indicando cuál considera que es el o los errores cometidos;\n\ne) Lugar, fecha y firma del recurrente o su representante; si no supiere firmar imprimirá la huella digital de su dedo pulgar derecho u otro que especificará.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-54/","markdown":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-54.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 55, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-55/"},{"cita":"Art. 37, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-37/"},{"cita":"Art. 56, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-56/"},{"cita":"Art. 35, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-35/"},{"cita":"Art. 36, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-36/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 54, Ley del RIC de Guatemala (Decreto 41-2005), codicegt.com/ley-del-ric/articulo-54/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}