{"ley":{"id":"ley-del-ric","nombre":"Ley del RIC","instrumento":"Decreto 41-2005 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Registro de Información Catastral (ric.gob.gt), edición del Decreto 41-2005 (2008)","fuente_url":"https://portal.ric.gob.gt/sites/default/files/2019-09/ley-del-ric-version-con-portada_0.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/","nota_reformas":"Texto del Decreto 41-2005 según la edición del Registro de Información Catastral (PDF de septiembre de 2008). La edición 2025 del RIC anota que la Corte de Constitucionalidad (expedientes acumulados 2265, 2243 y 2251) declaró inconstitucionales el segundo párrafo del artículo 73 y el artículo 91; esas notas van en cada artículo. No se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"68","clave":"68","epigrafe":"Titulación","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título VII. Regularización en el marco del proceso catastral","Capítulo II. Titulación especial y Registro"],"texto":"Se declara de interés nacional la titulación y registro de aquellos predios que luego del análisis jurídico tengan como única irregularidad la de no estar inscritos en el Registro de la Propiedad. Se exceptúa de este proceso el territorio del departamento de El Petén y la Franja Transversal del Norte, los bienes inmuebles situados dentro de las Reservas del Estado, dentro de las Áreas Protegidas, y los excesos de las propiedades rurales y urbanas.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-68/","markdown":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-68.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 83, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-83/"},{"cita":"Art. 3, Ley de Titulación Supletoria","url":"https://codicegt.com/ley-de-titulacion-supletoria/articulo-3/"},{"cita":"Art. 1179, Código Civil","url":"https://codicegt.com/codigo-civil/articulo-1179/"},{"cita":"Art. 2, Ley Forestal","url":"https://codicegt.com/ley-forestal/articulo-2/"},{"cita":"Art. 69, Código de Notariado","url":"https://codicegt.com/codigo-de-notariado/articulo-69/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 68, Ley del RIC de Guatemala (Decreto 41-2005), codicegt.com/ley-del-ric/articulo-68/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}