{"ley":{"id":"ley-del-ric","nombre":"Ley del RIC","instrumento":"Decreto 41-2005 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Registro de Información Catastral (ric.gob.gt), edición del Decreto 41-2005 (2008)","fuente_url":"https://portal.ric.gob.gt/sites/default/files/2019-09/ley-del-ric-version-con-portada_0.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/","nota_reformas":"Texto del Decreto 41-2005 según la edición del Registro de Información Catastral (PDF de septiembre de 2008). La edición 2025 del RIC anota que la Corte de Constitucionalidad (expedientes acumulados 2265, 2243 y 2251) declaró inconstitucionales el segundo párrafo del artículo 73 y el artículo 91; esas notas van en cada artículo. No se verificaron reformas posteriores."},"articulo":{"numero":"89","clave":"89","epigrafe":"Casos de excepción y proceso de regularización","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título VIII. Disposiciones especiales y finales","Capítulo III. Disposiciones finales, transitorias y derogatorias"],"texto":"Cuando se realice el proceso de establecimiento catastral en predios adjudicados en aplicación de los Decretos 1551, 60-70 y 38-71 del Congreso de la República y sus reformas, entre el 11 de octubre de 1963 y el inicio de la vigencia de la presente Ley, el Registro de Información Catastral emitirá la resolución de predio catastrado, hasta que esté concluido el proceso de regularización de las tierras entregadas por el Estado, conforme el Decreto Número 24-99 del Congreso de la República, Ley del Fondo de Tierras.\n\nAdemás, el Registro de Información Catastral establecerá las normas técnicas catastrales, acompañará y supervisará aquellos proyectos de regularización del Fondo de Tierras que estén en ejecución por organismos no gubernamentales, empresas privadas o proyectos del Organismo Ejecutivo, previo a la vigencia de la presente Ley.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-89/","markdown":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-89.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 59, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-59/"},{"cita":"Art. 40, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-40/"},{"cita":"Art. 32, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-32/"},{"cita":"Art. 86, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-86/"},{"cita":"Art. 3, Ley del RIC","url":"https://codicegt.com/ley-del-ric/articulo-3/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 89, Ley del RIC de Guatemala (Decreto 41-2005), codicegt.com/ley-del-ric/articulo-89/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}