{"ley":{"id":"ley-electoral","nombre":"Ley Electoral y de Partidos Políticos","instrumento":"Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente","texto_al":null,"fuente":"Tribunal Supremo Electoral (edición 2023)","fuente_url":"https://tse.org.gt/images/LEPP2023.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-electoral/"},"articulo":{"numero":"142","clave":"142","epigrafe":"Atribuciones","estado":"reformado","ubicacion":["Libro Tres. Autoridades y órganos electorales","Título Uno. Tribunal Supremo Electoral","Capítulo Tres. Presidente del Tribunal Supremo Electoral"],"texto":"Son atribuciones del Presidente del Tribunal Supremo Electoral:\n\na) Fijar el orden en que deban tratarse los asuntos sujetos al conocimiento del tribunal.\n\nb) Dirigir las sesiones del tribunal.\n\nc) Ejercer las funciones de jefe administrativo del tribunal, de sus dependencias y de los órganos electorales; y,\n\n“d) Ejercer la representación legal del Tribunal, la cual podrá delegar con aprobación del pleno, para asuntos específicos en otro de los magistrados propietarios. Asimismo, podrá delegar la representación legal a mandatarios judiciales para gestionar asuntos administrativos y judiciales.”\n\nRepública el 25-05-2016.","nota":"*Reformada la literal d) por el artículo 34 del Decreto Número 26-2016 del Congreso de la * Reformado por el Artículo 83 del Decreto Número 10-04 del Congreso de la República el 26-05-2004.","url":"https://codicegt.com/ley-electoral/articulo-142/","markdown":"https://codicegt.com/ley-electoral/articulo-142.md"},"cita":"Art. 142, Ley Electoral y de Partidos Políticos de Guatemala (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-electoral/articulo-142/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}