{"ley":{"id":"ley-impuesto-circulacion-vehiculos","nombre":"Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos","instrumento":"Decreto 70-94 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), portal.sat.gob.gt","fuente_url":"https://portal.sat.gob.gt/portal/wpfd_file/decreto-numero-70-94-del-congreso-de-la-republica-de-guatemala-ley-del-impuesto-sobre-circulacion-de-vehiculos/","url":"https://codicegt.com/ley-impuesto-circulacion-vehiculos/","nota_reformas":"Texto del Decreto 70-94 con las notas de reforma que anota la SAT. La más reciente es la del Decreto 5-2021; antes, entre otras, los Decretos 40-95, 16-96, 44-2000, 33-2001, 10-2006, 3-2010 y 10-2012 (arts. 159 a 161, vigentes desde el 1 de enero de 2013). La SAT no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"11","clave":"11","epigrafe":null,"estado":"reformado","estado_en_el_texto":"reformado","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo II. De los vehiculos de la serie particular"],"texto":"El monto del impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible establecida para este impuesto, el tipo impositivo correspondiente fijado en el artículo anterior.\n\nEl impuesto en ningún caso será menor a doscientos veinte quetzales (Q.220.00).\n\nEl Registro Fiscal de Vehículos cancelará de oficio las inscripciones de todo vehículo cuyo propietario hubiese dejado de pagar el impuesto a que se refiere esta Ley, durante tres (3) años consecutivos, vencido el plazo que tenía para realizar el pago del tercer año. Lo anterior, sin perjuicio del pago del impuesto omitido y las sanciones correspondientes. Cumplido lo anterior se reinscribirá el mismo en el Registro.","nota":"* Reformado por el Artículo 2 del Decreto Del Congreso Número 44-2000 el 01-07-2000. *Reformado por el Artículo 160, del Decreto Número 10-2012, vigente a partir del 01-01-2013","reformas":[{"accion":"reformado","alcance":"artículo","instrumento":"Decreto 44-2000","tipo":"Decreto","numero":"44-2000","anio":2000,"articulo_reformador":"2","fecha":"2000-07-01","descripcion":"Reformado por el artículo 2 del Decreto 44-2000","texto_fuente":"Reformado por el Artículo 2 del Decreto Del Congreso Número 44-2000 el 01-07-2000"},{"accion":"reformado","alcance":"artículo","instrumento":"Decreto 10-2012","tipo":"Decreto","numero":"10-2012","anio":2012,"articulo_reformador":"160","fecha":"2013-01-01","descripcion":"Reformado por el artículo 160 del Decreto 10-2012","texto_fuente":"Reformado por el Artículo 160, del Decreto Número 10-2012, vigente a partir del 01-01-2013"}],"url":"https://codicegt.com/ley-impuesto-circulacion-vehiculos/articulo-11/","markdown":"https://codicegt.com/ley-impuesto-circulacion-vehiculos/articulo-11.md","que_significa":null,"citado_por":[{"cita":"Art. 160, Ley de Actualización Tributaria (ISR)","url":"https://codicegt.com/ley-isr/articulo-160/"}],"relacionados":[{"cita":"Art. 10, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos","url":"https://codicegt.com/ley-impuesto-circulacion-vehiculos/articulo-10/"},{"cita":"Art. 28, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos","url":"https://codicegt.com/ley-impuesto-circulacion-vehiculos/articulo-28/"},{"cita":"Art. 55, Ley del IVA","url":"https://codicegt.com/ley-iva/articulo-55/"},{"cita":"Art. 159, Ley de Actualización Tributaria (ISR)","url":"https://codicegt.com/ley-isr/articulo-159/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 11, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos de Guatemala (Decreto 70-94), codicegt.com/ley-impuesto-circulacion-vehiculos/articulo-11/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}