{"ley":{"id":"ley-integral-antilavado","nombre":"Ley Integral Antilavado","instrumento":"Decreto 15-2026 del Congreso de la República","texto_al":"2026-06-17","fuente":"Banco de Guatemala (banguat.gob.gt), texto del Decreto 15-2026; cotejado con el Diario de Centro América (17 de junio de 2026) publicado por el Congreso de la República","fuente_url":"https://www.banguat.gob.gt/sites/default/files/banguat/leyes/2026/ley_integral_para_la_prevencion_y_represion_del_lavado_de_dinero_u_otros_activos_y_del_financiamiento_del_terrorismo.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/","nota_reformas":"Texto original del Decreto 15-2026 (publicado el 17 de junio de 2026, vigente desde el 17 de septiembre de 2026); no se conocen reformas. Deroga los Decretos 67-2001 (Ley contra el Lavado de Dinero u Otros Activos) y 58-2005 (Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo) y reforma, entre otros, los artículos 391 y 474 del Código Penal, 2 y 3 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y 3 y 110 del Código de Notariado (aplicados en Códice). Pendiente: el reglamento (artículo 127), que la Superintendencia de Bancos, por medio de la IVE, debe elaborar y someter al Presidente de la República dentro de los seis meses siguientes a la vigencia (a más tardar el 17 de marzo de 2027); al 26 de septiembre de 2026 no se había publicado."},"articulo":{"numero":"53","clave":"53","epigrafe":"Confidencialidad","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título III. Marco institucional","Capítulo II. Intendencia de verificación especial"],"texto":"Es de carácter confidencial la información y documentación, que, de conformidad con esta Ley, su reglamentación y demás disposiciones aplicables, obtenga y produzca la Superintendencia de Bancos a través de la Intendencia de Verificación Especial, en el ejercicio de sus funciones y atribuciones. En consecuencia, las personas que integran la IVE están obligadas a mantenerla como confidencial, aún después de haber cesado en el cargo o funciones; igual obligación tendrá cualquier otra persona que por razón de su cargo o funciones conozca o tenga acceso a la misma, sin perjuicio de las responsabilidades legales que se deriven de su incumplimiento.\n\nLa Superintendencia de Bancos a través de la IVE, podrá publicar en la forma que estime conveniente, información de carácter estadístico, siempre que se realice de manera que no puedan ser identificadas, directa o indirectamente, en forma individual, las personas o entidades relacionadas.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-53/","markdown":"https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-53.md","que_significa":null,"citado_por":[{"cita":"Art. 61, Ley Integral Antilavado","url":"https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-61/"}],"relacionados":[{"cita":"Art. 19, Ley Integral Antilavado","url":"https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-19/"},{"cita":"Art. 59, Ley Integral Antilavado","url":"https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-59/"},{"cita":"Art. 63, Ley de Bancos y Grupos Financieros","url":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-63/"},{"cita":"Art. 30, Ley Integral Antilavado","url":"https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-30/"},{"cita":"Art. 62, Ley Integral Antilavado","url":"https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-62/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 53, Ley Integral Antilavado de Guatemala (Decreto 15-2026), texto al 17 de junio de 2026, codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-53/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}