{"ley":{"id":"ley-integral-antilavado","nombre":"Ley Integral Antilavado","instrumento":"Decreto 15-2026 del Congreso de la República","texto_al":"2026-06-17","fuente":"Banco de Guatemala (banguat.gob.gt), texto del Decreto 15-2026; cotejado con el Diario de Centro América (17 de junio de 2026) publicado por el Congreso de la República","fuente_url":"https://www.banguat.gob.gt/sites/default/files/banguat/leyes/2026/ley_integral_para_la_prevencion_y_represion_del_lavado_de_dinero_u_otros_activos_y_del_financiamiento_del_terrorismo.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/","nota_reformas":"Texto original del Decreto 15-2026 (publicado el 17 de junio de 2026, vigente desde el 17 de septiembre de 2026); no se conocen reformas. Deroga los Decretos 67-2001 (Ley contra el Lavado de Dinero u Otros Activos) y 58-2005 (Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo) y reforma, entre otros, los artículos 391 y 474 del Código Penal, 2 y 3 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y 3 y 110 del Código de Notariado (aplicados en Códice). Pendiente: el reglamento (artículo 127), que la Superintendencia de Bancos, por medio de la IVE, debe elaborar y someter al Presidente de la República dentro de los seis meses siguientes a la vigencia (a más tardar el 17 de marzo de 2027); al 26 de septiembre de 2026 no se había publicado."},"articulo":{"numero":"82","clave":"82","epigrafe":"Trasiego de dinero","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título IV. Represión del lavado de dinero u otros activos y del financiamiento del terrorismo","Capítulo III. Declaración de transporte transfronterizo de efectivo y del delito de trasiego"],"texto":"Comete el delito de trasiego de dinero quien omitiere declarar ante la autoridad aduanera competente en la forma o mecanismo correspondiente, que transporta del o hacia el exterior de la República dinero en efectivo o en documentos negociables al portador, por una suma mayor a diez mil dólares (US$ 10,000.00) de los Estados Unidos de América, o su equivalente en moneda nacional o cualquier otra divisa.\n\nEl responsable de este delito será sancionado con prisión de uno (1) a tres (3) años.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-82/","markdown":"https://codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-82.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 319, Código Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-319/"},{"cita":"Art. 313, Código Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-313/"},{"cita":"Art. 479, Código Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-479/"},{"cita":"Art. 317, Código Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-317/"},{"cita":"Art. 6, Ley contra la Defraudación y el Contrabando Aduaneros","url":"https://codicegt.com/ley-contra-la-defraudacion-y-contrabando-aduaneros/articulo-6/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 82, Ley Integral Antilavado de Guatemala (Decreto 15-2026), texto al 17 de junio de 2026, codicegt.com/ley-integral-antilavado/articulo-82/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}