{"ley":{"id":"ley-iusi","nombre":"Ley del IUSI","instrumento":"Decreto 15-98 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Municipalidad de San Miguel Dueñas (munisanmiguelduenas.gob.gt), copia del Decreto 15-98 en PDF con capa de texto","fuente_url":"https://www.munisanmiguelduenas.gob.gt/documentos/INFORMACION%20PUBLICA/A%C3%91O%202022/6.%20JUNIO/INCISO%201/1C.LEY%20DEL%20%20IMPUESTO%20UNICO%20SOBRE%20INMUEBLES.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-iusi/","nota_reformas":"Texto original del Decreto 15-98 (que derogó el Decreto 122-97 y restableció el Decreto 62-87). Reforma posterior que no se incorpora: el Decreto 18-2026 del Congreso, según el Ministerio de Finanzas Públicas (minfin.gob.gt), reforma el Decreto 15-98. Su texto y su fecha de vigencia no se verificaron en una fuente de texto; la fuente de la copia no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"44","clave":"44","epigrafe":"Condonación general de adeudos","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título III. De las disposiciones generales, transitorias, derogatorias y vigencia","Capítulo II. De las disposiciones transitorias y finales"],"texto":"Con el objeto de ampliar la base de datos de los contribuyentes y atendiendo a la importancia de contar con un registro depurado, se condonan los pagos atrasados del impuesto, multas e intereses, en todos los casos registrados en el Ministerio de Finanzas Públicas hasta el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y siete. Se condonan, igualmente, el impuesto, multas e intereses, en todos los casos registrados en las municipalidades que ya están administrando el Impuesto Unico Sobre Inmuebles, hasta el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y seis.\n\nSe condona la deuda que se haya generado a cargo de las municipalidades a favor del Instituto de Fomento Municipal -INFOM-, así como las que se generaron entre el Ministerio de Finanzas Públicas y municipalidades del país, por la aplicación del Decreto Número 62-87 del Congreso de la República y sus reformas, hasta el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y siete.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-iusi/articulo-44/","markdown":"https://codicegt.com/ley-iusi/articulo-44.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 24, Ley del IUSI","url":"https://codicegt.com/ley-iusi/articulo-24/"},{"cita":"Art. 358 A, Código Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-penal/articulo-358a/"},{"cita":"Art. 27, Código Procesal Penal","url":"https://codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-27/"},{"cita":"Art. 47, Código Tributario","url":"https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-47/"},{"cita":"Art. 91, Código Tributario","url":"https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-91/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 44, Ley del IUSI de Guatemala (Decreto 15-98), codicegt.com/ley-iusi/articulo-44/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}