{"ley":{"id":"ley-organica-banguat","nombre":"Ley Orgánica del Banguat","instrumento":"Decreto 16-2002 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Banco de Guatemala (banguat.gob.gt), compilación «Principales leyes bancarias y financieras de Guatemala» (2025)","fuente_url":"https://banguat.gob.gt/sites/default/files/banguat/leyes/2025/ley_organica_banco_de_guatemala.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-organica-banguat/","nota_reformas":"Texto del Decreto 16-2002 con las reformas que anota la compilación del Banco de Guatemala: Decreto 10-2007 (párrafo adicionado al art. 20) y Decreto 26-2012 (art. 22, que reforma el art. 48). La compilación no declara fecha de corte. El art. 85 deroga el Decreto 215 (Ley Orgánica del Banco de Guatemala anterior)."},"articulo":{"numero":"45","clave":"45","epigrafe":"Reglamentación del encaje bancario y del depósito legal","estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título III. Estabilizacion Monetaria","Capítulo Único. Instrumentos de politica Monetaria"],"texto":"La Junta Monetaria reglamentará, de manera general y uniforme, el encaje bancario y el depósito legal. La reglamentación deberá contener fundamentalmente los aspectos siguientes:\n\na) Composición y forma de constitución en moneda nacional o en moneda extranjera;\n\nb) Porcentaje. Cuando la Junta Monetaria determine la modificación del mismo, tal modificación se aplicará en forma gradual y se notificará con prudente anticipación;\n\nc) Base de cómputo;\n\nd) Período de cómputo, el cual no podrá ser menor de catorce (14) días calendario;\n\ne) Posición, para cuyo cálculo normalmente las entidades de que se trate podrán compensar las deficiencias de encaje o de depósito legal, en uno o más días del período de cómputo, con los excesos de encaje o depósito legal, según corresponda;\n\nf) Limites a la intensidad o a la frecuencia de las deficiencias de encaje o de depósito legal en el período de cómputo; y,\n\ng) Remuneración, cuando la Junta Monetaria lo estime conveniente, de una parte o del total del encaje o del depósito legal. En ningún caso podrá ser mayor a la tasa ponderada promedio pasiva que prevalezca en el mercado bancario.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-45/","markdown":"https://codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-45.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 26, Ley Orgánica del Banguat","url":"https://codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-26/"},{"cita":"Art. 132, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-132/"},{"cita":"Art. 133, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-133/"},{"cita":"Art. 10, Ley de Bancos y Grupos Financieros","url":"https://codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-10/"},{"cita":"Art. 4, Ley Monetaria","url":"https://codicegt.com/ley-monetaria/articulo-4/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 45, Ley Orgánica del Banguat de Guatemala (Decreto 16-2002), codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-45/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}