{"ley":{"id":"ley-organica-del-mp","nombre":"Ley Orgánica del Ministerio Público","instrumento":"Decreto 40-94 del Congreso de la República","texto_al":"2016-04-17","fuente":"Ministerio Público, edición de la ley con sus reformas (2017), publicada por la OEA/MESICIC; cotejada con los Decretos 40-94, 135-97 y 18-2016 del Diario de Centro América","fuente_url":"https://www.oas.org/en/sla/dlc/mesicic/docs/mesicic5_gtm_anexo113.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-organica-del-mp/"},"articulo":{"numero":"65 Bis","clave":"65bis","epigrafe":"Inicio del procedimiento disciplinario para la carrera fiscal","estado":"reformado","ubicacion":["Título V. Disposiciones generales","Capítulo I. Disciplina del servicio"],"texto":"El procedimiento disciplinario puede iniciarse por:\n\na) Denuncia escrita o verbal presentada por particulares, funcionarios o empleados públicos;\n\nb) Por comunicación de los superiores jerárquicos inmediatos;\n\nc) Por hallazgos de los supervisores en la realización de supervisiones generales o específicas.\n\nLa denuncia podrá presentarse ante cualquier dependencia de la institución, la cual deberá remitir la misma a la Supervisión General en el plazo máximo de dos (2) días, debiéndose expedir constancia gratuita de la misma.\n\nEn caso que el superior jerárquico tome conocimiento de una posible falta administrativa, levantará un acta y la remitirá a Supervisión General del Ministerio Público dentro del plazo de dos (2) días.","nota":"Adicionado por el Artículo 38 del Decreto Número 18-2016 del Congreso de la República.","url":"https://codicegt.com/ley-organica-del-mp/articulo-65bis/","markdown":"https://codicegt.com/ley-organica-del-mp/articulo-65bis.md"},"cita":"Art. 65 Bis, Ley Orgánica del Ministerio Público de Guatemala (Decreto 40-94), texto al 17 de abril de 2016, codicegt.com/ley-organica-del-mp/articulo-65bis/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}