{"ley":{"id":"ley-organica-del-presupuesto","nombre":"Ley Orgánica del Presupuesto","instrumento":"Decreto 101-97 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Oficina Nacional de Servicio Civil (onsec.gob.gt), PDF del Decreto 101-97 con notas de reforma","fuente_url":"https://www.onsec.gob.gt/w1/wp-content/uploads/2026/06/LEY-ORGANICA-DEL-PRESUPUESTO-Decreto-No.-101-97.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/","nota_reformas":"Texto del Decreto 101-97 con las reformas que anota la ONSEC (edición de enero de 2025): Decretos 71-98, 13-2013 (que la reformó casi en su totalidad), 9-2014 y 27-2024. La edición no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"31","clave":"31","epigrafe":"Ingresos Propios","estado":"reformado","estado_en_el_texto":"reformado","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Título II. Del sistema presupuestario","Capítulo II. Del régimen presupuestario de los organismos del Estado","Sección III. De la ejecución del presupuesto"],"texto":"La utilización de los ingresos que perciban las diferentes instituciones, producto de su gestión, se ejecutará de acuerdo a la percepción real de los mismos.\n\nLas instituciones que perciban ingresos propios realizarán los registros correspondientes en el Sistema de Contabilidad Integrada (SICOIN).","nota":"Adicionado un segundo párrafo por el artículo 19 del Decreto No. 13-2013 del Congreso de la República, publicado en el Diario de Centro América el 12 de noviembre de 2013.","reformas":[{"accion":"adicionado","alcance":"párrafo","instrumento":"Decreto 13-2013","tipo":"Decreto","numero":"13-2013","anio":2013,"articulo_reformador":"19","fecha":"2013-11-12","descripcion":"Adicionado (párrafo) por el artículo 19 del Decreto 13-2013","texto_fuente":"Adicionado un segundo párrafo por el artículo 19 del Decreto No. 13-2013 del Congreso de la República, publicado en el Diario de Centro América el 12 de noviembre de 2013"}],"url":"https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-31/","markdown":"https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-31.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 29 Bis, Ley Orgánica del Presupuesto","url":"https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-29bis/"},{"cita":"Art. 25, Ley Orgánica del Presupuesto","url":"https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-25/"},{"cita":"Art. 17 Bis, Ley Orgánica del Presupuesto","url":"https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-17bis/"},{"cita":"Art. 43, Ley Orgánica del IGSS","url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-43/"},{"cita":"Art. 99, Código Tributario","url":"https://codicegt.com/codigo-tributario/articulo-99/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 31, Ley Orgánica del Presupuesto de Guatemala (Decreto 101-97), codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-31/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}