{"ley":{"id":"ley-organica-igss","nombre":"Ley Orgánica del IGSS","instrumento":"Decreto 295 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Organismo Judicial (CENADOJ), PDF del Decreto 295 con notas de reforma","fuente_url":"https://web.archive.org/web/20240516060959id_/http://ww2.oj.gob.gt/estadisticalaboral/Leyes%20en%20Materia%20de%20Trabajo%20y%20Prevision%20Social/Leyes%20Nacionales%20en%20Materia%20de%20Trabajo%20y%20Prevision%20Social/21220%20DECRETO%20DEL%20CONGRESO%20295%20Ley%20Organica%20IGSS.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/","nota_reformas":"Texto del Decreto 295 con las reformas que anota el Organismo Judicial: Decreto 15-89 (art. 9, inciso f) y Decreto 11-04 (arts. 16 y 18). La edición no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"44","clave":"44","epigrafe":null,"estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo V. Recursos y sistema financiera"],"texto":"Cada tres años y, además, cuando la Junta directiva lo juzgue conveniente, se deben hacer revisiones actuariales de las previsiones financieras del Instituto.\n\nSin embargo, el Instituto debe estimar anualmente, por los métodos técnicos más recomendables, la cuantía de sus obligaciones, y queda obligado a proceder de conformidad con las siguientes normas, en caso de que una revisión actuarial indique déficit en sus disponibilidades para hacerle frente a dichas obligaciones:\n\na). Reajuste inmediato de los beneficios para la gradual eliminación del déficit;\n\nb). Reajuste de las cuotas o contribuciones, con el mismo objeto;\n\nc). Mantenimiento de la escala de beneficios, para ser pagados únicamente en proporción al índice de solvencia que indique la respectiva revisión actuarial; o\n\nd). Aplicación conjunta de las tres medidas anteriores.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-44/","markdown":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-44.md","que_significa":null,"citado_por":[{"cita":"Art. 45, Ley Orgánica del IGSS","url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-45/"},{"cita":"Art. 59, Ley Orgánica del IGSS","url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-59/"}],"relacionados":[{"cita":"Art. 57, Ley Orgánica del Presupuesto","url":"https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-57/"},{"cita":"Art. 83, Ley Orgánica del Banguat","url":"https://codicegt.com/ley-organica-banguat/articulo-83/"},{"cita":"Art. 17, Ley de Supervisión Financiera","url":"https://codicegt.com/ley-de-supervision-financiera/articulo-17/"},{"cita":"Art. 29, Ley de Contrataciones del Estado","url":"https://codicegt.com/ley-de-contrataciones-del-estado/articulo-29/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 44, Ley Orgánica del IGSS de Guatemala (Decreto 295), codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-44/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}