{"ley":{"id":"ley-organica-igss","nombre":"Ley Orgánica del IGSS","instrumento":"Decreto 295 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Organismo Judicial (CENADOJ), PDF del Decreto 295 con notas de reforma","fuente_url":"https://web.archive.org/web/20240516060959id_/http://ww2.oj.gob.gt/estadisticalaboral/Leyes%20en%20Materia%20de%20Trabajo%20y%20Prevision%20Social/Leyes%20Nacionales%20en%20Materia%20de%20Trabajo%20y%20Prevision%20Social/21220%20DECRETO%20DEL%20CONGRESO%20295%20Ley%20Organica%20IGSS.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/","nota_reformas":"Texto del Decreto 295 con las reformas que anota el Organismo Judicial: Decreto 15-89 (art. 9, inciso f) y Decreto 11-04 (arts. 16 y 18). La edición no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"66","clave":"66","epigrafe":null,"estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo IX. Disposiciones generales"],"texto":"El Instituto y la Dirección general de estadística deben coordinar sus actividades para:\n\na). Estimular el desarrollo de la estadística y de la conciencia estadística en Guatemala;\n\nb). Facilitar las labores de uno y otra, sin incurrir en duplicación de esfuerzos, gastos y servicios.\n\nA este efecto, la Dirección general de estadística debe contemplar en sus planes de trabajo las necesidades del Instituto que éste no pueda llenar por si mismo y coordinar, a su vez, la acción de las demás unidades estadísticas especializadas del Estado, con sus propias labores y con las del Instituto; y,\n\nc). Facilitar la aplicación de todas las disposiciones legales vigentes sobre estadística.\n\nCon este fin, ambas entidades deben velar por que los datos que se obtengan sobre filiación o sobre el estado civil de los padres, no se individualicen o personalicen en ninguna acta o certificación de carácter público, ni sean materia de divulgación alguna, para que sea factible obtener datos estadísticos generales sobre dichos extremos sin contravenir el artículo 76 de la Constitución.\n\nEl reglamento debe determinar la forma de requerir y obtener el suministro de los expresados datos, de manera que sirvan únicamente para llenar las necesidades técnico-estadísticas que de ellos puedan tener las expresadas entidades.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-66/","markdown":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-66.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 65, Ley Orgánica del IGSS","url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-65/"},{"cita":"Art. 21, Ley de Desarrollo Social","url":"https://codicegt.com/ley-de-desarrollo-social/articulo-21/"},{"cita":"Art. 81, Ley de Competencia","url":"https://codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-81/"},{"cita":"Art. 72, Código de Salud","url":"https://codicegt.com/codigo-de-salud/articulo-72/"},{"cita":"Art. 42, Ley Orgánica del Presupuesto","url":"https://codicegt.com/ley-organica-del-presupuesto/articulo-42/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. 66, Ley Orgánica del IGSS de Guatemala (Decreto 295), codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-66/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}