{"ley":{"id":"ley-organica-igss","nombre":"Ley Orgánica del IGSS","instrumento":"Decreto 295 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"Organismo Judicial (CENADOJ), PDF del Decreto 295 con notas de reforma","fuente_url":"https://web.archive.org/web/20240516060959id_/http://ww2.oj.gob.gt/estadisticalaboral/Leyes%20en%20Materia%20de%20Trabajo%20y%20Prevision%20Social/Leyes%20Nacionales%20en%20Materia%20de%20Trabajo%20y%20Prevision%20Social/21220%20DECRETO%20DEL%20CONGRESO%20295%20Ley%20Organica%20IGSS.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/","nota_reformas":"Texto del Decreto 295 con las reformas que anota el Organismo Judicial: Decreto 15-89 (art. 9, inciso f) y Decreto 11-04 (arts. 16 y 18). La edición no declara fecha de corte."},"articulo":{"numero":"Transitorio 1","clave":"t1","epigrafe":null,"estado":"vigente","estado_en_el_texto":"vigente","cambio_posterior":null,"ubicacion":["Capítulo X. Disposiciones transitorias y derogatorias"],"texto":"El periodo inicial de los miembros de la Junta directiva se ha de sujetar a estas reglas;\n\na). Los miembros nombrados por el Presidente de la República, propietario y suplente, deben durar seis años en sus cargos;\n\nb). Los miembros nombrados por la Junta monetaria del Banco de Guatemala, propietario y suplente, deben durar cinco años en sus cargos;\n\nc). Los miembros nombrados por el Consejo superior de la Universidad autónoma de San Carlos de Guatemala, propietario y suplente, deben durar cuatro años en sus cargos;\n\nd). Los miembros nombrados por el Colegio oficial de médicos y cirujanos, propietario y suplente, deben durar tres años en sus cargos;\n\ne). Los miembros nombrados por las asociaciones o sindicatos patronales, propietarios y suplente, deben durar dos años en sus cargos; y,\n\nf). Los miembros nombrados por los sindicatos de trabajadores, propietario y suplente, deben durar un año en sus cargos.\n\nAl vencimiento de cada uno de esos períodos iniciales escalonados, se debe hacer la elección que corresponda para un período de seis años, conforme lo ordena el artículo 7, de manera que en cada ocasión sucesiva sólo se renueve un miembro propietario y un miembro suplente.\n\nLa primera Junta directiva debe quedar constituida dentro de los sesenta días siguientes a la vigencia de esta ley.","nota":null,"reformas":[],"url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-t1/","markdown":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-t1.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":[{"cita":"Art. 14, Ley de Servicio Civil","url":"https://codicegt.com/ley-de-servicio-civil/articulo-14/"},{"cita":"Art. 125, Código de Migración","url":"https://codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-125/"},{"cita":"Art. 4, Ley Orgánica del IGSS","url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-4/"},{"cita":"Art. Transitorio 3, Ley Orgánica del IGSS","url":"https://codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-t3/"},{"cita":"Art. 162, Constitución","url":"https://codicegt.com/constitucion/articulo-162/"}],"guias":[],"calculadoras":[]},"cita":"Art. Transitorio 1, Ley Orgánica del IGSS de Guatemala (Decreto 295), codicegt.com/ley-organica-igss/articulo-t1/","aviso":null,"licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}