{"ley":{"id":"ley-pina","nombre":"Ley PINA","instrumento":"Decreto 27-2003 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación NNA","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20compilaciones/Compilacion%20NNA/expedientes/03_01.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-pina/"},"articulo":{"numero":"101","clave":"101","epigrafe":"Competencia","estado":"vigente","ubicacion":["Libro III. Disposiciones adjetivas","Título I. Niñez y adolescencia amenazada o violada en sus derechos humanos","Capítulo I. Jurisdicción y competencia","Sección III. Competencia"],"texto":"La competencia por razón del territorio deberá ser determinada:\n\n1. Para los niños, niñas y adolescentes cuyos derechos sean amenazados o violados:\n\na) Por el domicilio de los padres o responsables.\n\nb) Por el lugar donde se encuentra el niño, niña y adolescente, cuando falten los padres o el responsable.\n\nc) Por el lugar donde se realizó el hecho.\n\n2. Para los adolescentes en conflicto con la ley:\n\na) Por el Lugar donde se cometió el hecho.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-pina/articulo-101/","markdown":"https://codicegt.com/ley-pina/articulo-101.md"},"cita":"Art. 101, Ley PINA de Guatemala (Decreto 27-2003), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-pina/articulo-101/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}