{"ley":{"id":"ley-pina","nombre":"Ley PINA","instrumento":"Decreto 27-2003 del Congreso de la República","texto_al":null,"fuente":"CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación NNA","fuente_url":"https://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDocumentacionJudicial/cds/CDs%20compilaciones/Compilacion%20NNA/expedientes/03_01.pdf","url":"https://codicegt.com/ley-pina/"},"articulo":{"numero":"105","clave":"105","epigrafe":"Atribuciones de los juzgados de adolescentes en conflicto con la ley penal","estado":"vigente","ubicacion":["Libro III. Disposiciones adjetivas","Título I. Niñez y adolescencia amenazada o violada en sus derechos humanos","Capítulo I. Jurisdicción y competencia","Sección IV. Atribuciones"],"texto":"Son atribuciones de los juzgados de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal las siguientes:\n\na) Conocer, tramitar y resolver, con relación a aquellas conductas que violen la ley penal, atribuibles a adolescentes.\n\nb) Decidir las medidas aplicables a los adolescentes, considerando su formación integral y su reinserción a su familia o grupo de referencia.\n\nc) Ejercer el control jurisdiccional de la investigación que efectúe el Ministerio Público.\n\nd) Conocer, revisar y aprobar la suspensión del procedimiento, la remisión, la conciliación y el criterio de oportunidad, cuando concurran los requisitos que esta Ley señala.\n\ne) Conocer, tramitar y resolver lo relacionado a la acción civil, cuando ésta fuere promovida, pronunciándose en la sentencia, sobre la forma de reponer las cosas al estado anterior, la reparación de los daños materiales y morales y la indemnización de perjuicios.\n\nf) Remitir, a quien corresponda, los informes estadísticos mensuales.\n\ng) Realizar el control judicial de la medida o medidas decretadas en forma provisional.\n\nh) Conocer y resolver los recursos de apelación interpuestos en contra de las sentencias dictadas por el Juez de Paz, en ámbito de su competencia, según el plazo y procedimiento establecido en la presente Ley.\n\ni) Certificar lo conducente al Ministerio Público, cuando de lo actuado se desprenda la comisión de un hecho constitutivo de delito o falta.\n\nj) Las demás funciones y atribuciones que esta Ley u otras leyes le asignen.","nota":null,"url":"https://codicegt.com/ley-pina/articulo-105/","markdown":"https://codicegt.com/ley-pina/articulo-105.md"},"cita":"Art. 105, Ley PINA de Guatemala (Decreto 27-2003), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-pina/articulo-105/","licencia":{"text":"Textos legales: publicación libre siempre que se apegue a la publicación oficial (art. 68, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98).","data":"Estructura, metadatos y API de Códice: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Códice — Leyes de Guatemala, codicegt.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Códice no es asesoría legal ni publicación oficial. Verifica siempre con el Diario de Centro América o la fuente indicada."}}